Perú: hoy el Congreso decide si acepta el pedido de vacancia presidencial contra Kuczynski

De acuerdo a lo establecido en la Constitución peruana, el Pleno del Congreso votará este jueves la admisión del pedido de vacancia al Presidente de Perú, Pedro Pablo Kuczynski, por permanente incapacidad moral, formulada mediante la Moción de orden del día N° 5295, suscrita por cuatro bancadas

Perú: hoy el Congreso decide si acepta el pedido de vacancia presidencial contra Kuczynski

Autor: El Ciudadano Argentina

De acuerdo a lo establecido en la Constitución peruana, el Pleno del Congreso votará este jueves la admisión del pedido de vacancia al Presidente de Perú, Pedro Pablo Kuczynski, por permanente incapacidad moral, formulada mediante la Moción de orden del día N° 5295, suscrita por cuatro bancadas.

La sesión plenaria estaba convocada para las 9 de la mañana en el Hemiciclo. En la agenda también figura el debate sobre otros temas de interés nacional en el país andino.

Respecto a la moción de vacancia al Presidente Kuczynski, el inciso b) artículo 89-A del Reglamento del Congreso señala que “para la admisión del pedido de vacancia se requiere el voto de por lo menos el cuarenta por ciento de congresistas hábiles” (de los que se encuentran presentes en ese momento).

Cabe recordar que en diciembre del año pasado, el Pleno del Congreso aprobó, con 93 votos a favor, 17 en contra y ninguna abstención, la primera moción de vacancia contra el presidente Kuczynski (PPK) por “permanente incapacidad moral”.

Esto se dio luego de que se conociera que la empresa brasileña Odebrecht realizó pagos por 782 mil dólares a su empresa personal Westfield Capital, entre 2004 y 2007.

De aprobarse la segunda moción, el inciso c) del mismo artículo del Reglamento señala que “el Pleno del Congreso acuerda día y hora para el debate y votación del pedido de vacancia, sesión que no puede realizarse antes del tercer día siguiente a la votación de la admisión del pedido ni después del décimo”.

La disposición señala que este plazo puede variar: “salvo que cuatro quintas partes del número legal de Congresistas acuerden un plazo menor o su debate y votación inmediata. Si fuera necesario se cita, para este efecto, a una sesión especial”, informa RPP.

También se establece que en la sesión de debate “el Presidente de la República cuya vacancia es materia del pedido puede ejercer personalmente su derecho de defensa o ser asistido por letrado, hasta por sesenta minutos”.

Para la aprobación de la vacancia se requiere una votación calificada no menor a los dos tercios del número legal de miembros del Congreso; es decir, 87 votos.


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