Tras ser señalados como uno de los responsables por los altos índices de contaminación en la Ciudad de México, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), afirmó que el fallo referente a la verificación y el otorgamiento de suspensiones para circular todos los días, no tenía como finalidad permitir la circulación indiscriminada de vehículos.
A través de un comunicado, la SCJN precisó que “La resolución de este Alto Tribunal se dictó en protección del principio de igualdad, como valor primordial en todo Estado de Derecho.” Y afirmó que el falló “facultó a los Jueces de Distrito para otorgar una suspensión a los interesados para que, de cumplir con las normas de verificación respectivas, obtuvieran un holograma que les permitiera circular todos los días, al igual que aquellos que sí están autorizados a recibirlo.”
Detalló que la decisión de otorgar un holograma que permitiera al vehículo circular todos los días sería posible únicamente si el propietario tramitaba un juicio de amparo.
Finalmente aseguró que “dicha suspensión sólo tendría el efecto de que, previo el pago de los derechos correspondientes, el solicitante acudiera a verificar su vehículo y obtener el holograma que objetivamente le correspondiera, atendiendo al nivel de contaminantes que emite su automóvil, de acuerdo con los niveles que establece el propio Programa, sin importar el año de fabricación del vehículo.”
El Ciudadano