La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), avaló la legalidad de los matrimonios entre personas del mismo sexo al declarar anticonstitucional el artículo 260 del Código Civil de Jalisco, que limitaba el matrimonio a la unión de un hombre y una mujer.
La conclusión la que llegaron los ministros de la Primera Sala fue que dicho artículo violaba el derecho de autodeterminación de las personas, así como el derecho al libre desarrollo de los individuos.
La sentencia emitida por la SCJN obliga a las autoridades jaliscienses a reconocer el matrimonio igualitario, por lo que las parejas del mismo sexo que decidan casarse ya no deberán solicitar un amparo.
Con esta resolución, Jalisco se une a la Ciudad de México, Quintana Roo, Nayarit, Jalisco, Colima, Coahuila y Campeche en permitir los matrimonios igualitarios.
Por: Salvador Valencia
El Ciudadano