El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que en el municipio de San Sebastián Tutla, Oaxaca, debe prevalecer el sistema normativo de la comunidad indígena para elegir a las autoridades municipales, porque su derecho a la autodeterminación está protegido por el Convenio 169 de Organización Internacional del Trabajo (OIT) y el artículo 2º constitucional.
Al resolver el juicio electoral SUP-JE-124/2015 y acumulados, el Pleno revocó la sentencia del Tribunal Estatal Electoral del Poder Judicial de Oaxaca que ordenó vincular a las autoridades de San Sebastián Tutla a realizar una consulta para elegir a las autoridades municipales a través del sistema de usos y costumbres o el régimen de partidos políticos.
Dicha consulta fue promovida por ciudadanos de un fraccionamiento aledaño, identificado como El Rosario, que superan en proporción considerable, a los habitantes de comunidad indígena.
De realizarse dicha consulta se atentaría contra el sistema de usos y costumbres implantado con antelación, así como al derecho a la libre determinación y autonomía de las comunidades indígenas.
En sesión pública, los magistrados reconocieron un conflicto entre una población mayoritaria de nuevos residentes en la comunidad indígena que mediante la consulta pretenden cambiar al sistema de partidos para elegir a las autoridades municipales.
El Ciudadano