Presidente Maduro ratifica compromiso como protector de las mujeres embarazadas

A través de un mensaje difundido en su cuenta oficial en la red social Twitter, subrayó que "todas las mujeres deben tener un parto feliz, una gestación sana y humana ¡Cuenten conmigo!"

Presidente Maduro ratifica compromiso como protector de las mujeres embarazadas

Autor: Anais Lucena

Cada 7 de junio se celebra el Día Mundial de los Derechos del Nacimiento, con el objetivo de concienciar sobre la importancia del nacimiento y su parte esencial en la vida de todo ser humano.

En este sentido, el presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro, se pronunció este jueves para conmemorar esta fecha y destacar la importancia de la protección de las mujeres embarazadas.

«En el Día Mundial de los Derechos del Nacimiento y Parto Respetado, ratifico mi compromiso, hoy y siempre, de ser el protector de las barrigonas de la Patria», expresó el primer Mandatario Nacional.

A través de un mensaje difundido en su cuenta oficial en la red social Twitter, subrayó que «todas las mujeres deben tener un parto feliz, una gestación sana y humana ¡Cuenten conmigo!»

Protección de embarazadas en Venezuela

En Venezuela, el artículo n°51 de la Ley Orgánica del Derecho de las Mujeres a una vida Libre de violencia, sentencia a la violencia obstétrica como “aquellos actos constitutivos ejecutados por el personal de salud”, como:

1.- No atender oportuna y eficazmente las emergencias obstétricas.

2.-Obligar a la mujer a parir en posición supina y con las piernas levantadas, existiendo los medios necesarios para la realización del parto vertical.

3.- Obstaculizar el apego precoz del niño o niña con su madre, sin causa médica justificada, negándole la posibilidad de cargarlo o cargarla y amamantarlo o amamantarla inmediatamente al nacer

4.- Alterar el proceso natural del parto de bajo riesgo, mediante el uso de técnicas de aceleración, sin obtener el consentimiento voluntario, expreso e informado de la mujer.

5.- Practicar el parto por vía de cesárea, existiendo condiciones para el parto natural, sin obtener el consentimiento voluntario, expreso e informado de la mujer. En tales supuestos, el tribunal impondrá al responsable o la responsable, una multa de doscientas cincuenta (250 U.T.) a quinientas unidades tributarias (500 U.T.), debiendo remitir copia certificada de la sentencia condenatoria definitivamente firme al respectivo colegio profesional o institución gremial, a los fines del procedimiento disciplinario que corresponda.


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