El pasado jueves la Corte Suprema revocó la resolución de la Corte de Santiago, que declaró inadmisible el recurso de protección presentado por el abogado Juan Carlos Anabalón en contra del canal de televisión La Red.
El legista interpuso la acción, acusando expresiones vertidas en su contra por la periodista Alejandra Matus Acuña, en los programas “Jaque Matus” y “Pauta Libre”, emitidos los días jueves 21 y domingo 24 de octubre de 2021.
En los programas se presentaron diversos reportajes relacionados con la muerte de cinco personas en el incendio ocurrido el 20 de octubre de 2019, en la fábrica de la empresa Kayser, ubicada en la comuna de Renca, y la presunta responsabilidad de la empresa en su provocación. Se esgrime la teoría de que la empresa quiso hacer pasar el incendio como parte de las manifestaciones ocurridas en todo el país bajo el contexto del estallido social, y así cobrar un millonario monto de indemnización del seguro.
El abogado indica que los reportajes televisados mencionan que, luego de esta tragedia, la municipalidad de Renca ofreció asesoría legal a los familiares de los fallecidos para evaluar futuras acciones judiciales. Sin embargo, al ser consultados por La Red dos años después de los hechos, los familiares sostienen que las querellas respectivas no se presentaron, porque muchas personas en la municipalidad se encargaron de desmotivarlos en su acción.
Entre quienes desmotivaron las querellas aparecía el nombre de Juan Carlos Anabalón, en su calidad de Director Jurídico de la municipalidad de Renca en la época de ocurrido el incendio. Anabalón tildó de «tendenciosos» los reportajes.
En concreto, señala que la periodista Matus le imputa haber presionado o desincentivado a los familiares de las personas fallecidas en la empresa Kayser para que no presentaran querellas; y dictar órdenes para demoler las instalaciones siniestradas sin completar la investigación de las cinco muertes, dando a entender un acuerdo económico entre representantes de la empresa y varios funcionarios públicos.
El abogado sostiene que el actuar del canal de televisión es arbitrario e ilegal, ya que le negó el derecho a réplica consagrado en la Ley N°19.773, y señala que vulneró sus garantías constitucionales de respeto a la vida privada y a la honra, derecho a rectificación, e igualdad ante la ley.
Anabalón acusa que al exhibir su fotografía le significó un fuerte rechazo hacia su persona en diferentes redes sociales. Y que a otro de los mencionados en los reportajes sí se le aceptó una solicitud de aclaración, alegando discriminación.
El abogado solicita al tribunal que se le ordene La Red acoger la solicitud de rectificación en este sombrío caso, que desde ocurrido levanta más dudas que certezas, y cuyos familiares de los muertos en el incendio siguen buscando verdad y justicia.
Vea sentencias de la Corte Suprema Rol N°96.381-2021 y Corte de Santiago Rol N°41.586-2021.