CDE se niega a indemnizar a convencional Francisca Linconao por perjuicios y daño moral en caso Luchsinger Mackay

La acción juidicial, patrocinada por la también convencional Natividad Llanquileo, establece que al momento de la detención y posterior dictación de la prisión preventiva, Francisca Linconao se desempeñaba realizando su labor de machi en su lugar de residencia, pero producto de “estar privada de libertad injustamente y enfermar gravemente”, se vio imposibilitada de seguir realizando sus actividades, traduciéndose en un detrimento espiritual y patrimonial importante, cuantificado en $135 millones para Francisca Linconao.

CDE se niega a indemnizar a convencional Francisca Linconao por perjuicios y daño moral  en caso Luchsinger Mackay

Autor: Leonardo Buitrago

El Consejo de Defensa del Estado (CDE) desestimó el viernes 17 de junio una demanda interpuesta por la machi y convencional Francisca Linconao Huircapan por $235 millones como indemnización de perjuicios y daño moral  que habría sufrido cuando estuvo en prisión preventiva durante 9 meses por el caso Luchsinger Mackay.

La líder espiritual mapuche ingresó la acción judicial junto a su hermana Juana Linconao y su sobrina Francisca Linconao Collina.

La acción juidicial, patrocinada por la también convencional Natividad Llanquileo, establece que al momento de la detención y posterior dictación de la prisión preventiva, Francisca Linconao se desempeñaba realizando su labor de machi en su lugar de residencia, pero producto de “estar privada de libertad injustamente y enfermar gravemente”, se vio imposibilitada de seguir realizando sus actividades, traduciéndose en un detrimento espiritual y patrimonial importante, cuantificado en $135 millones para Francisca Linconao, $50 millones para su hermana y la misma cantidad para su sobrina, según información de Meganoticias.

El CDE respondió el 17 de junio a la demanda y solicitó que  sea desechada en todas sus partes, con costas, argumentando que «no es efectivo que la Policía de Investigaciones de Chile haya ejecutado acciones antijurídicas, ni que el Ministerio Público haya incurrido en alguna conducta injustificadamente errónea o arbitraria en el curso de la investigación y del proceso penal en los que Francisca Linconao Huircapan tuvo la calidad de imputada, fue formalizada, sometida a medidas cautelares y luego acusada».

Señaló que en dicha investigación existían antecedentes que probaban fehacientemente los hechos que configuraban el delito investigado y que involucraban directamente a Francisca Linconao en los mismos, descartando que “haya podido nacer la responsabilidad civil que se atribuye al Fisco de Chile”.

Cabe recordar que la machi Francisca Linconao permaneció en prisión preventiva por nueve meses de 2016 como supuesta responsable del crimen de Werner Luchsinger y Vivianne Mackay, ocurrido en Vilcún el 2013, sin embargo, y posteriormente fue absuelta por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco el 18 de octubre de 2017.

El Segundo Juzgado Civil de Temuco estará a cargo de determinar la decisión final en esta demanda civil y deberá decidir si se inclina por la petición de indemnización de la machi Linconao o respalda la argumentación del Consejo de Defensa del Estado.


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