Vergüenza nacional: Mujer mapuche dio a luz engrillada y corte ordena indemnización al fisco

La mujer mapuche dio a luz engrillada en el Sanatorio Alemán en octubre 2016, durante el gobierno de Michelle Bachelet.

Vergüenza nacional: Mujer mapuche dio a luz engrillada y corte ordena indemnización al fisco

Autor: Leonardo Buitrago

El fisco deberá pagar una indemnización de $100.000.000 por concepto de daño moral a una mujer mapuche que dio a luz engrillada.

El Primer Juzgado Civil de Concepción condenó al fisco a pagarle esa cantidad por concepto de daño moral a Lorenza Cayuhan, interna que en octubre 2016 dio a luz engrillada en el Sanatorio Alemán, durante el gobierno de Michelle Bachelet.

En el fallo, la magistrada Paulina Astete rechazó las excepciones presentadas por el demandado, tras establecer la responsabilidad del fisco por falta de servicio.

En septiembre de 2020, la mujer mapuche demandó al fisco por tratos vejatorios.

De acuerdo con el fallo, cuando se produjeron los lamentables sucesos, Cahuyan, quien tenía 32 semanas de embarazo y cumplía una condena en el Centro de Detención Penitenciario de Arauco (Región del Biobío), debió ser trasladada hasta Concepción al comenzar con el trabajo de parto.

«Fue trasladada esposada y engrillada al Hospital de Arauco, engrillada desde Arauco al Hospital Regional de Concepción, mantenida engrillada durante la noche que pasó en este hospital, nuevamente trasladada engrillada desde el Hospital Regional de Concepción a la Clínica de la Mujer del Sanatorio Alemán, y los momentos en que el grillete le fue retirado a requerimiento de personal médico o que pese a no estar sujeto a algún elemento, uno de sus extremos permaneció en el pie de la interna, encontrándose dentro de estos últimos aquel en que dio a luz», relató el Primer Juzgado Civil de Concepción.

Según el fallo del tribunal, «un funcionario varón estuvo presente durante la realización de la cesárea, que este mismo informó a los oficiales que se constituyeron en la clínica y ordenaron retirar todas las medidas de seguridad, que las otras funcionarias a cargo de la custodia se estaban preparando para ingresar al parto, lo que no era efectivo pues no se encontraban en la clínica ya que habían salido a un supermercado, omitiendo dicha información a sus superiores y además que las llaves del sistema de grilletes se encontraban en poder de una de las funcionarias ausentes, se pusieron en la imposibilidad de dar cumplimiento tanto de la orden impartida como del requerimientos del personal médico que solicitó previo a la cesárea retirar el grillete que (…) tenía puesta en su tobillo izquierdo, procedió a condenar a las funcionarias como autoras en grado de consumado del delito de vejaciones injustas, aplicándoles una multa».

El documento señala que la manera en la mujer mapuche fue atendida, «principalmente durante la intervención quirúrgica a que fue sometida, fue absolutamente atentatoria contra su dignidad como persona».

El documento continúa describiendo que el obrar de las funcionarias a cargo de la custodia de Cahuyan durante su permanencia en la Clínica de la Mujer, «no obedeció a un mero actuar personal, sino que lo hicieron en el rol de funcionarias públicas, siendo toda la actuación desplegada absolutamente imputable a Gendarmería de Chile, quien además conforme a dicho fallo también incurrió en falta, pues sus instrucciones para el traslado de la actora no eran acordes a su situación particular».

Según el tribunal, la situación no solo se evidenció durante el parto sino desde su primer traslado hacia el Hospital de Arauco, constituyendo todo el accionar desplegado un trato vejatorio e indigno, y además discriminatorio desde diversos puntos de vista, tendiente a degradar a la demandante en su condición de mujer, gestante y parturienta, privada de libertad y perteneciente a la etnia mapuche», detalló la resolución.

“Que de este modo, no queda más que concluir que en la situación de autos efectivamente el ente fiscal incurrió en falta de servicio puesto que estando por medio de funcionarios suyos a cargo de la custodia de la demandante, dicha función se cumplió indebidamente, al efectuarse en forma discriminatoria y arbitraria, sin salvaguardar la seguridad de la interna, y otorgando un trato indigno, vejatorio, y con abuso de autoridad hacia su condición humana, violentando no solo su propia normativa interna, sino también normas constitucionales y de derecho internacional», planteó el fallo.

Mujer mapuche sufrió daño moral

Sobre el daño moral, el Primer Juzgado Civil de Concepción, indicó que fue evidente, debido a la alteración que se produjo en el equilibrio emocional, psíquico y social de Lorenza Cahuyan, «generándole un impacto significativo a nivel personal, familiar y social, al mantenerle engrillada mientras daba a luz, haber permanecido constantemente un funcionario de sexo masculino en la sala de pre parto y luego en el pabellón, observando incluso los exámenes ginecológicos que se le practicaron, y no haber informado a su familia de la grave situación que estaba viviendo, menoscabando con ello su personalidad y dignidad, incrementada por su condición de mujer, embarazada y perteneciente al pueblo mapuche».

 Ver fallo Primera Instancia 

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