Argentina asegura protección de glaciares frente a multinacionales

El país trasandino comenzó un inventario para relevar –y proteger- la cantidad, área y volumen de hielo que existe en Argentina

Argentina asegura protección de glaciares frente a multinacionales

Autor: Mauricio Becerra

El país trasandino comenzó un inventario para relevar –y proteger- la cantidad, área y volumen de hielo que existe en Argentina. Mientras tanto, la Corte Suprema desestimó un pedido de las multinacionales para evitar su implementación.

La necesidad de contar con un Inventario Nacional de Glaciares está contemplada en la ley 26.639 de “Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial” sancionada en septiembre del 2010 y reglamentada por decreto el 28 de febrero de 2011.

El 3 de julio, la Corte Suprema de Justicia argentina revocó medidas cautelares dictadas en la provincia de San Juan –en el oeste argentino- a raíz de presentaciones efectuadas por empresas mineras transnacionales. Tras este fallo se destraba la aplicación plena de la Ley de Glaciares aprobada por el Congreso Nacional en 2010.

Según el documento presentado por el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA), “Argentina es uno de los pocos países del mundo que cuenta con varios miles de kilómetros cuadrados de glaciares y permafrost de montaña en su territorio. Nuestro país ocupa el segundo lugar después de Chile, con cerca del 15 por ciento del área total de glaciares sudamericanos. Estos porcentajes colocan tanto a Chile como a la Argentina en una posición privilegiada con respecto a otros países, pero también les otorgan un mayor grado de responsabilidad para el estudio, monitoreo y protección de los glaciares en esta región del planeta.”

La necesidad de contar con un Inventario Nacional de Glaciares está contemplada en la ley 26.639 de “Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial” sancionada en septiembre del 2010 y reglamentada por decreto el 28 de febrero de 2011.

El gobierno nacional estableció que la realización del Inventario Nacional de Glaciares estará a cargo IANIGLA, con la coordinación de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, como autoridad nacional de aplicación de la Ley.

Desde el instituto especializado se sostiene que la necesidad de contar con un inventario nacional es de vital importancia para individualizar, registrar y caracterizar todos los glaciares existentes en el territorio nacional, establecer su dimensión, su estado (en avance o retroceso), y monitorearlos periódicamente para poder establecer los factores ambientales que regulan su comportamiento, y determinar la significancia hidrológica de estos cuerpos de hielo.

Lydia Espizua, investigadora del área de Geología Glaciar del IANIGLA, destacó para APAS que en Argentina sólo existen hasta el momento inventarios puntuales realizados en áreas específicas pero que desafortunadamente se desconoce con exactitud la cantidad, área y volumen de hielo que ocupan los glaciares en el país.

Además de establecer el presupuesto y la necesidad de un inventario, la Ley establecía plazos perentorios para su reglamentación. Con respecto a este último punto, Ricardo Villalba, director del IANIGLA, explicó a APAS que el instituto presentó en tiempo y forma el cronograma para la ejecución del inventario tal como lo indicaba el artículo 15 de disposiciones transitorias, donde se daba “un plazo máximo de sesenta días a partir de la sanción de la presente ley” para presentarlo.

En el mismo artículo se destaca que dicho inventario debería “comenzar de manera inmediata por aquellas zonas en las que, por la existencia de actividades contempladas en el artículo 6, se consideren prioritarias. En estas zonas se deberá realizar el inventario definido en el artículo 3 en un plazo no mayor de ciento ochenta días. ”Sin embargo, Villalba señaló que “hasta el momento ninguna provincia estableció un área prioritaria para realizar de manera inmediata el inventario”.

ACTIVIDADES PROHIBIDAS EN LOS GLACIARES

El artículo 6 detalla las actividades prohibidas en las zonas de glaciares, actividades “que puedan afectar su condición natural o las que impliquen su destrucción o traslado o interfieran en su avance”. Es curioso que ninguna provincia haya determinado una zona prioritaria a inventariar, sobre todo si se considera que en el país existe un gran debate con respecto a las actividades industriales contaminantes como son los grandes emprendimientos mineros que tienen como objetivo explorar y explotar zonas donde podría haber glaciares en riesgo.

Hasta el momento, según datos aportados por Villalba, el inventario se está realizando oficialmente en Santa Cruz, Tucumán, Chubut, Tierra del Fuego y Mendoza. En este último caso, los estudios están más avanzados gracias al aporte del gobierno provincial para realizar el inventario según los criterios establecidos a nivel nacional.

Otras provincias tienen sus propios inventarios, pero la idea de realizar un inventario nacional es la posibilidad de unificar criterios para que todos los datos que se obtengan se hagan bajo una metodología y técnicas comunes.

La tarea no es fácil. Villalba señaló que para poder realizar el inventario se está capacitando a personal en todo el país para que puedan interpretar los datos de las imágenes satelitales y el trabajo de campo. También destacó que se tomarán en cuenta los inventarios ya existentes en otras provincias, siempre y cuando se puedan homologar a los criterios establecidos por el IANIGLA.

Algo a tener un cuenta: cuando se habla de glaciares nos referimos a un cuerpo permanente de hielo (no incluye aquellas formaciones de hielo que de una temporada a otra desaparecen), formado en la superficie terrestre por la acumulación, compactación y recristalización de la nieve que muestra señales de movimiento por acción de la gravedad. Las zonas a inventariar son las zonas del ambiente glaciar y periglaciar. Hay glaciares que se ven a simple vista y otros que están cubiertos por detrito, sedimento y roca, que solo son detectadas por el ojo experto.

Según Villaba, los primeros resultados del inventario podrían estar listos en los próximos días pero todavía falta bastante para tener un análisis completo en todo el país debido al vasto territorio a analizar y la complejidad del estudio a realizar. Es por ello que los expertos apuntan al compromiso de las provincias para el trabajo conjunto con las autoridades nacionales.

IDAS Y VUELTAS

Hace años que se venía debatiendo acerca de la necesidad de una normativa que proteja los glaciares y controle las actividades que puedan dañar los recursos hídricos.

En 2008, la ex diputada Marta Maffei presentó un proyecto de ley que “prohibía las actividades que pudieran afectar la condición natural de los glaciares y que implicaran su destrucción o traslado o interfieran en su avance”. En ese entonces, el proyecto fue aprobado por ambas cámaras bajo la nomenclatura 26.418, pero luego fue vetado por el Poder Ejecutivo mediante el Decreto 1837/2008.

Un año después, el diputado opositor Miguel Bonasso propuso un proyecto similar al de Maffei, mientras que el senador oficialista Daniel Filmus presentó su propio proyecto. Después de varias idas y vueltas, los legisladores dejaron de lado las diferencias y acordaron un proyecto común para evitar que la norma se trabe. El proyecto acordado entre Bonasso y Filmus finalmente fue sancionado el 20 de septiembre del 2010.

La Ley de “Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial” fue, finalmente, promulgada de hecho un mes después de su aprobación en el Congreso de la Nación. Con ella se daba un marco normativo que instauraba los presupuestos mínimos para proteger esas formaciones milenarias y establecía plazos perentorios para su reglamentación.

 Paola Quiroga

Radio del Mar

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