El Municipio formó la Dirección de Medio Ambiente y Ornato en 2020, y desde su creación, liderada por Maria Jose Valenzuela, con una visión centrada en la protección y restauración de las condiciones del Valle de María Pinto en la Región Metropolitana, se comenzaron a tomar medidas para enfrentar la problemática, en conjunto con la doctora en Medio Ambiente y vecina de la comuna, Ana Huaico. Trabajo al que se sumó la Fundación Ngenko.
Así fue que en septiembre del año 2021 se interpuso la acción de protección. El principal requerido fue CONAF, por otorgar planes de trabajo -que son los que permiten la deforestación de los cerros para las plantaciones agrícolas – sin estándares suficientes que permitieran evitar el deterioro del suelo, como es mandatado. También se requirió al Ministerio del Medio Ambiente, alegando que éste ha omitido su obligación legal de coordinar con CONAF los estándares mínimos de dichos planes de trabajo.
Las condiciones de las autorizaciones para plantaciones de paltos en las laderas de los cerros, acentúan la erosión de los suelos, potenciando el riesgo de deslizamientos de tierra ante lluvias torrenciales, y por tanto la generación de aluviones e inundaciones. El recurso alegó que esta situación amenaza los derechos a la vida, a la integridad física y psíquica, a la propiedad, y perturba el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.
La abogada Nicole Mansuy, directora de Fundación Ngenko, asevera que «este es un caso inédito, en tanto existen otros casos como el de Pichidegua en que se argumentó en contra de las empresas, pero acá nosotros ocupamos otra estrategia que no había sido levantada anteriormente y que fue la de decir que los órganos estatales no están cumpliendo con su rol de conservación del suelo y del medioambiente al otorgar las autorizaciones. Esperamos que de confirmarse el fallo, esto sirva de antecedente para tantas otras comunas en la misma situación en el Chile central«.
En el fallo, la Corte ordena a CONAF la emisión de un informe técnico sobre la materia denunciada, «definiéndose, en su caso, las medidas de mitigación apropiadas, junto con diseñar un programa de recuperación de suelos, el establecimiento de estándares y planificación de la actividad agrícola que permitan y aseguren la preservación del ecosistema, evitando el deterioro ambiental del suelo, sus cursos de aguas y el eventual riesgo de la población humana circundante» (Causa rol 5252-2021 CA San Miguel). El fallo establece un plazo de tres meses y lo ordena a coordinar su actuar con el Ministerio del Ambiente.
Ante dicho dictamen, la alcaldesa de María Pinto, Jessica Mualim (RN), destaca que «esperamos que la Corte Suprema ratifique esta sentencia, ya que necesitamos que CONAF entregue los estudios de los efectos de la devastación de nuestros cerros, con el objeto de proteger las vidas humanas, nuestros ecosistemas y nuestra biodiversidad. En el siglo XXI con el cambio climático y todos los problemas ambientales que tenemos es necesario hacer las cosas con mayor responsabilidad, y obviamente con un análisis mucho más profundo de cómo se hacen las cosas, y esto depende de todos nosotros especialmente de las instituciones públicas que otorgan los permisos».
Por su parte, el vecino de la comuna, Rodrigo Ferrada, también parte recurrente en el recurso de protección, y miembro de la comunidad que participó activamente de las denuncias con respecto a lo que ocurría en los cerros de Maria Pinto, manifiesta que «nos parece una buena noticia el hecho de que el tribunal comparta nuestra opinión de que los planes de manejo asociados a la actividad agrícola de los cerros carecen de elementos que permitan la protección del medioambiente, de los suelos, de los cursos de agua y de la biodiversidad, estamos felices por una parte y expectantes de lo que ocurra en el futuro».
El recurso fue apelado por CONAF, por lo que se espera dentro de las próximas semanas la decisión final de la Corte Suprema.