Corte Suprema acoge recurso de protección por impactos de Forestal Agrícola Las Astas y Coexca en Tucapel

La orden del tribunal señala que ambas empresas agrícolas deberán presentar un plan de cumplimiento de medidas para controlar la contaminación en un plazo de 30 días.

Corte Suprema acoge recurso de protección por impactos de Forestal Agrícola  Las Astas y Coexca en Tucapel

Autor: Leonardo Buitrago

La Corte Suprema acogió un recurso de protección por afectación a población que se encuentra cerca de los planteles porcinos, pertenecientes a la Forestal Agrícola Las Astas S.A. y Agrícola Coexca S.A.

El recurso de protección contra la forestal agrícola fue presentado en representación de Juntas de Vecinos, comités de agua potable de la zona y la Municipalidad de Tucapel, refiere Resumen.

La orden del tribunal señala que ambas empresas agrícolas deberán presentar un plan de cumplimiento de medidas para controlar la contaminación en un plazo de 30 días.

Los planteles acusados son los de Monte Verde Bajo, cuyo proyecto fue aprobado en 2008. Además de otro proyecto de manejo aprobado en 2019.

La empresa Coexca S.A., arrienda el criadero a la empresa Monte Verde desde el año 2016 y en su contrato indicó no descarhar residuos líquidos al estero Los Troncos, y tampoco a enterrar cerdos en fosa, sino enviarlos a una planta de post-procesamiento de residuos orgánicos.

No obstante, en 2020, la propia Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) señaló que la empresa cometió infracciones debido a que «efluente utilizado para riego no cumple con las características establecidas en la evaluación ambiental, constatándose superación de los parámetros DBO5 (mg/l) Fósforo (mg P/l) y Nitrógeno Total Kjeldhal (mg/l), lo que genera una condición desfavorable por la generación de olores molestos y atracción de vectores. Además, los titulares no informaron el monitoreo del efluente según lo comprometido en la RCA respectiva», refiere Resumen.

Este registro de la SMA fue utilizado en el fallo de la Corte Suprema, así como otras denuncias que se realizaron posterior al documento.

«El informe de la Seremi de Salud del Bío-Bío, da cuenta del inicio de un procedimiento sancionatorio por malos olores, mal manejo de fecas y presencia de moscas, iniciado el 27 de febrero de 2019 y pendiente por causa de la pandemia», refiere el fallo del máximo tribunal.

«Debiendo concluirse además que la existencia permanente de moscas, malos olores y mal manejo de fecas, constituye una afectación del derecho de los vecinos aledaños a la planta a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, por lo que el recurso deberá ser acogido», concluye el fallo.

El máximo tribunal instruyó que se lleve a cabo sumarios respectivos, y que se realice una fiscalización periódica con la implementación de pericias para determinar la contaminación en las aguas superficiales y subterráneas.


Reels

Ver Más »
Busca en El Ciudadano