Mediante un recurso de protección interpuesto contra el Comité de Ministros en la Corte de Apelaciones de Santiago, una delegación de más de 30 vecinos del puerto de Huasco pretenden salvaguardar su derecho a la vida, la salud, la igualdad ante la ley y a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.
Por más de 40 años Huasco ha sido víctima de emanaciones contaminantes bajo promesas de progreso y desarrollo que jamás han llegado, de hecho lo que sí ha sobrevenido en el territorio son índices de contaminación, enfermedad y mortalidad tan altos, que el año pasado se decidió por fin declararla zona de latencia ambiental, para evitar consecuencias catastróficas en el sector.
Sin embargo, el 17 de enero se oficializó el acuerdo del Comité de Ministros, máxima autoridad ambiental del país, de aprobar la construcción de la Termoeléctrica Punta Alcalde, de Endesa, contraviniendo todos los argumentos técnicos y ambientales de la Comisión de Evaluación Ambiental de Atacama, que luego de 40 meses de estudio del proyecto dictaminó que no había ningún antecedente que permitiera demostrar que el proyecto no contaminaría la zona de latencia del Valle del Huasco, cuestión que sustentó un rechazo mayoritario desde la región.
Los argumentos del recurso de protección se centran principalmente en que el acuerdo del Comité de Ministros supone modificaciones sustanciales al proyecto presentado a evaluación ambiental, por lo tanto se requeriría a lo menos de una nueva evaluación para determinar su aprobación o rechazo y no solo de la concurrencia de cinco ministros que atendieron exclusivamente las aseveraciones de la empresa sin oír a la comunidad ni a los servicios técnicos especializados. Esto claramente supone un debilitamiento de la institucionalidad ambiental, que no favorece a las comunidades ni a la sustentabilidad país, y que viabiliza de manera irregular proyectos probadamente atentatorios a los derechos básicos de las personas.
Por otro lado, las comunidades sostienen que la aprobación desde la autoridad nacional, sin argumentación que la valide, atenta flagrantemente contra el principio preventivo que ha sido incorporado en los últimos fallos de la Corte Suprema, restituyendo el espíritu que vio nacer la legislación ambiental en 1994.
Por último, resulta claramente impresentable que un sector que fue declarado a mediados de 2012 como zona de latencia por contaminación ambiental, sin que aún exista un plan de prevención que permita bajar las emisiones al aire y al medio marino, vea ahora aprobar un proyecto todavía más grande y contaminante de los ya operativos en el territorio, haciendo creer que esto limpiará el aire del lugar. Esto es una burla para los y las habitantes del Valle del Huasco, pero sobre todo una amenaza de muerte para las actuales y futuras generaciones.
La solidez de estos argumentos hace que las comunidades tengan plena confianza en que la justicia, por el bien local y nacional, restituirá los derechos violentados y hará prevalecer el espíritu preventivo de la normativa ambiental, sin ceder a las presiones que lamentablemente influenciaron la decisión del Comité de Ministros.