Justicia rechaza reclamo ciudadano por ducto de Celco

La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó un recurso de protección presentado hace varios meses por vecinos de Coelemu, Trehuaco, Vegas de Itata, Guarilihue, Ranguelmo, Chillán y Concepción que reclamaban por la modificación del trazado del emisario submarino que construye la fábrica de Celco Nueva Aldea, que atravesará parte de la zona urbana de esta […]


Autor: Mauricio San Cristóbal M.

La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó un recurso de protección presentado hace varios meses por vecinos de Coelemu, Trehuaco, Vegas de Itata, Guarilihue, Ranguelmo, Chillán y Concepción que reclamaban por la modificación del trazado del emisario submarino que construye la fábrica de Celco Nueva Aldea, que atravesará parte de la zona urbana de esta ciudad y que evacuará desechos tóxicos al mar.

En fallo unánime, los ministros Irma Bavestrello, Claudio Gutiérrez y el abogado integrante Jorge Caro desestimaron la acción de un grupo de 32 vecinos representados por el abogado Fernando Dougnac quienes habían presentado el recurso en contra de la autorización otorgada por la Comisión Regional de Medio Ambiente de la Región del Bío Bío.

Los magistrados argumentaron que no existe acto arbitrario de parte de la Corema, ya que las modificaciones en los proyectos aprobados del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) sólo deben ser reevaluadas cuando el proyecto original sufre “cambios de consideración”.

“Esta evaluación sólo procede cuando el proyecto original sufre cambios de consideración, o genere nuevos impactos ambientales adversos, situación que debe calificar la misma Corema y que en el caso presente hiciere, después de consultar a una serie de organismos técnicos”, explica la resolución judicial.

Asimismo, el fallo argumenta que “la Corema ha actuado en conformidad a la ley y a los elementos reglados de las potestades jurídicas que le han sido conferidas, y, lo que se ha atacado mediante esta acción cautelar de garantías constitucionales, no es un acto que produzca impactos significativos al medio ambiente”. En este sentido, indica que lo que involucra la medida es una “valoración de una decisión administrativa que no produce daño, recelándose de una contaminación que pudiere producirse posteriormente, por lo que el presente recurso no puede ser acogido”, dice el fallo.

Joaquín Cisternas, vocero del Movimiento ciudadano “Defensores de la Vida” de Coelemu, entidad que lideró este recurso aseguró desconocer el dictamen. “Oficialmente no se me ha informado nada, tal vez los abogados conozcan esta resolución que en todo caso no me sorprende ya que sabemos cómo se están haciendo las cosas. Hemos dado esta pelea porque actuamos en conciencia. Si algo ocurre y se provocan daños o consecuencias a la salud de las personas que vivimos en esta zona, serán ellos los responsables”, indicó el dirigente, que representa a las organizaciones vecinales.

Fuente: Diario La Discusión de Chillán


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