Maiwe y Rupumeika rechazan proyectos de SN Power

SIGUEN LEVANTÁNDOSE LAS VOCES ANCESTRALES, EN RECHAZO A LOS PROYECTOS DE SN POWER


Autor: Director

SIGUEN LEVANTÁNDOSE LAS VOCES ANCESTRALES, EN RECHAZO A LOS PROYECTOS DE SN POWER. EL MENSAJE ES QUE LOS DE LA EMPRESA ¡¡¡NO PASARÁN!!!

Pikunijimapu, 11 de agosto de 2008.

A la opinión pública

Gvbam Logko Pikunwijimapu – Consejo de Lonko Norte de los Territorios del Sur –, organización política-religiosa, originaria y territorial del pueblo mapuche-wijiche, que comprende los territorios entre el río Tolten y el río Pilmaiken, reconocida por la Corona Española y por el Estado Chileno a través de la Ley 19.253 (ley indígena), ante la intervención que se encuentra realizando la Transnacional SN POWER en Maiwe Lofmapu y Rupumeika Lofmapu a la opinión pública y, especialmente, a los yanakona que nunca faltan en nuestro territorio Chile, manifiesta:

Que, la SNPOWER, empleando los mismos métodos que Celco, se encuentra empeñada en lograr la división y la discordia entre los integrantes de Maiwe Lofmapu y Rupumeika Lofmapu comprando la conciencia de algunos yanakona que no les importa vender a su propia madre, nuestra Mapu Ñuke.

Que, esos yanakona que se vendan a la SNPOWER, o a cualquier otra empresa que pretenda apoderarse de los recursos de nuestra Mapu Ñuke, tendrán que asumir las consecuencias de sus hechos y aceptar los castigos que, con toda seguridad, determinaran para ellos los GEN MAPU.

Que, mientras exista un sólo Logko que defienda su territorio, de la depredación, se encontrará apoyado por Wenu Mapu Ñuke – Wenu Mapu Caw a través de sus Newen haciendo imposible las ansias de quienes pretendan romper el equilibrio de la naturaleza, aunque cuenten con el apoyo del Estado y sus agentes.

Que, el Consejo de Logko Pikunwijimapu junto al Logko Gen Mapu de Rupumeika recurrirá a todas las instancias, tanto espirituales como materiales, para impedir la instalación de empresas hidroeléctricas u otras que perjudiquen el ecosistema de estos territorios. Para ello recurriremos, incluso, a instancias internacionales al amparo del Convenio 169 de la OIT y demás instrumentos de la legislación internacional.

Que, por último, el Consejo de Logko Pikunwijimapu notifica a la SNPOWER que no le va a ser posible instalarse en los territorios de Maiwe y Rupumeika porque no van a obtener la autorización de las autoridades ancestrales, requisito establecido en la Ley 19.253 y otras de jurisprudencia internacional.

Gvbam Logko Pikunwijimapu


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