Con una multa de más de 703 Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalentes a más de $556 millones, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) resolvió sancionar a la Empresa Agrícola y Ganadera Chillán Viejo S.A., ,titular del “Plantel de Cerdos Rucapequén”, tras haber constatado hallazgos ambientales vinculados, principalmente, por tratamiento, manejo y disposición deficiente de purines (excremento de animales mezclado con agua).
El proyecto, ubicado a 15 kilómetros al sur poniente de la ciudad de Chillán, contempla dos sectores, el primero de ellos se denomina sector Rucapequén 1, con 40 pabellones con una capacidad de albergue total de 47.000 cerdos y que se encuentra habilitado antes de la vigencia del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).
La empresa también cuenta con un sector llamado Rucapequén 2, que mantiene 47 pabellones con una capacidad de albergue de 65.800 cerdos junto con la construcción de un sistema de tratamiento de purines a base de biodigestión. El sistema de tratamiento recibe los efluentes de ambos sectores, los que posteriormente son acumulados en una laguna de 90.000 m3 para ser empleados de forma directa en riego como digestato.
Olores molestos y contaminación
Este caso tienen su origen en más de 450 denuncias ciudadanas vinculadas a olores molestos desde las instalaciones del proyecto, cuyos sectores, Rucapequén 1 y Rucapequén 2, han generado dolores de cabeza y de garganta, náuseas y vómitos a la comunidad colindante.
Ante estas denuncias, la SMA llevó a cabo una serie de fiscalizaciones, requerimiento de información al titular y ha ordenado medidas provisionales pre procedimentales y medidas provisionales procedimentales.
Adicionalmente, en abril de 2022 y en marzo de 2023 la Superintendencia inició dos procedimientos sancionatorios, con un total de cinco infracciones contra la empresa.
Entre los principales cargos imputados por incumplimiento a las RCA del proyecto, figura el tratamiento, manejo y disposición deficiente de purines, debido a que la empresa no dio cumplimiento a los límites máximos comprometidos en la evaluación ambiental para el efluente aplicado en riego, generando emisiones atmosféricas significativas.
Asimismo, la empresa agrícola y ganadaea realizó un riego con digestato que no cumple con las exigencias de la RCA 347/2015.
«El digestato no cumple con los parámetros que establece la RCA 347/2015, en periodo comprendido desde el segundo semestre de 2021 hasta el segundo semestre de 2022, según se detalla en la Tabla N°5 de la presente resolución», señaló la SMA.
A la par de constatar estas infracciones, la Superintendencia también imputó un cargo tras constatar el incumplimiento de las medidas provisionales decretadas mediante la resolución del 18 de octubre de 2021.
“El cumplimiento de las normativas ambientales son un requisito para el funcionamiento de cualquier actividad y para ser parte de un Estado de derecho”, señaló la superintendenta del Medio Ambiente, Marie Claude Plumer.
De acuerdo con la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente (LOSMA), el pago de la multa deberá realizarse en la Tesorería General de la República, dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la sanción.