Quilicura: ¡A la defensa del gran humedal!

Por Rodrigo Vallejos / El agua no nace cuando uno abre la llave, este es sólo una parte del eterno ciclo de esta preciada molécula que nos da la vida

Quilicura: ¡A la defensa del gran humedal!

Autor: Absalón Opazo

Por Rodrigo Vallejos / El agua no nace cuando uno abre la llave, este es sólo una parte del eterno ciclo de esta preciada molécula que nos da la vida. Este ciclo hídrico ha funcionado de forma constante desde la creación de la tierra, permitiendo el sustento vital y con ello el nacimiento de múltiples ecosistemas, dentro de los cuales se encuentran los humedales.

¿Qué son los Humedales?

Según la Convención de Ramsar, un “humedal” es toda área terrestre que está saturada o inundada de agua de manera estacional o permanente. Entre los humedales continentales se incluyen acuíferos, lagos, ríos, arroyos, marismas, turberas, lagunas, llanuras de inundación y pantanos. Además, son fundamentales para la vida y la tierra, ya que nos proporcionan agua dulce, son amortiguadores de la naturaleza ayudando a evitar las inundaciones y reteniendo mayor cantidad de CO2 que los bosques de árboles, contienen una rica biodiversidad de flora y fauna, y pueden proporcionar recursos ricos para mantener una vida sustentable.

Quilicura, el Gran Humedal

En tiempos prehistóricos, mucho, mucho antes de que Santiago fuera habitado, el lugar que hoy ocupa Quilicura era un gran humedal que abarcaba hasta Batuco. Por esos restos de agua, de esa gran laguna, tenemos hoy dos humedales: uno ubicado en las cercanías de la calle San Luis Norte y otro en el extremo norte de la avenida O’Higgins, incluyendo también el icónico estero Las Cruces.

Lamentablemente, la vida del humedal de Quilicura se encuentra en peligro, esto debido a que en este espacio se concentran vertederos ilegales a cargo de Juan Pablo Vega Lazo (negocio que le reportarían más de 300 millones al mes), hermano del autodeclarado candidato a alcalde César Antonio Vega Lazo, el cual tiene intereses inmobiliarios en este sector, los cuales a expuesto a través de redes sociales.

Así también, las pretensiones de la “Empresa de Servicios Sanitarios San Isidro S.A” de implementar una Planta de Aguas Servidas, proyecto que luego de una larga lucha de vecinas y vecinos había sido bajado, pero vuelto a reponer por la empresa a través de un proceso de consulta de pertinencia presentado el 9 de marzo del presente año.

El peligro es real y muy difícil evitar, debido a que el agua se transa como bien de mercado y la falta de protección medioambiental, en actual marco legal.

En un principio, se podría decir que el agua le pertenece a todos los chilenos, así es como lo estable el artículo 595 del Código Civil, al declarar que “todas las aguas son bienes nacionales de uso público”, al igual que lo establecido en el artículo 5 del Código de Aguas: “las aguas son bienes nacionales de uso público”… pero el problema lo encontramos a continuación, en este mismo artículo se declara “que se otorga a los particulares el derecho de aprovechamiento de ellas”, es decir, que cualquier particular puede apoderarse de un bien que en un principio le pertenece a todos.

Esta paradoja proviene de la Constitución de 1980, que en el último inciso del Artículo 19 numeral 24, dispone que los derechos de los particulares sobre las aguas, reconocidos o constituidos en conformidad a la ley, otorgaran a sus titulares la propiedad sobre ellos. Con ello, el derecho de aprovechamiento de aguas queda protegido constitucionalmente como derechos de propiedad, transformándose así en una valorada mercancía para los empresarios.

La des-protección medioambiental

“El derecho a vivir en un medioambiente libre de contaminación. Es deber del Estado velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza”.

Es así como el constituyente redacta el Artículo 19 N°8 de la vigente Constitución. Una disposición visiblemente vaga que, en su segunda parte, establece que este derecho debe ser resguardado por la ley N°19.300 “Ley Sobre Bases Generales del Medio Ambiente”, la cual permite a través de engorrosos procedimientos la participación ciudadana en proyectos con impacto medioambiental que afectan a la comunidad.

En la práctica, esta ley es poco utilizada por la ciudadanía debido a los tediosos trámites que se deben efectuar, y que finalmente no llegan a ningún resultado por la capacidad de lobby que tienen la mayoría de las empresas que afectan el medioambiente de todos.

La última esperanza

Al parecer el humedal de Quilicura se encuentra totalmente desprotegido. Quizás la oportunidad es que fuera considerado como un sitio Ramsar, es decir, que fuera un humedal de protección internacional, en virtud a la Convención sobre los Humedales de Importancia Internacional, la cual entró en vigor el 27 de noviembre de 1981, protegiendo así 14 humedales chilenos, dentro de los cuales no se encuentra el Humedal de Quilicura, debido a su relativa poca extensión.

¿Entonces nuestro humedal está destinado a morir? No, por suerte el pasado jueves 23 de enero fue publicada la ley 21.202, también conocida como la “Ley de protección de humedales urbanos”. Tiene por objeto que los humedales urbanos sean protegidos, en virtud a la solicitud de algún municipio, para lo cual el Ministerio del Medioambiente tendrá 6 meses para pronunciarse.

No obstante, primero, el Ministerio de medio Ambiente deberá elaborar el Reglamento de la Ley (para lo cual tiene un máximo 6 meses, es decir su fecha máxima sería el 23 de julio del 2020) y luego podrá ejercerse dicha defensa municipal; la que pasa obviamente por el reconocimiento de los humedales e incluso la elaboración de una Ordenanza Municipal.

Dentro de este período, la municipalidad respectiva podrá postergar la entrega de permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de construcciones en los terrenos en que se encuentren emplazados (lo que también implicará coordinar esta acción con la Dirección de Obras Municipales, entre otros).

Así, se presenta una oportunidad única para la comunidad de Quilicura, la cual no se puede desaprovechar, pues depende totalmente de la presión popular y de las convicciones y voluntad de las autoridades locales para realizar la petición de protección de este gran patrimonio natural, como así, la elaboración democrática de la Ordenanza Municipal de Protección.

El sentido de la frase “el gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo” adquiere aquí también real importancia, al, idealmente, hacer participar a personas y grupos de interés, profesionales y otros, en esta importante tarea. Resulta muy importante señalar, además, que la acción de protección legal de los humedales de Quilicura, debe estar coordinada e integrada con todos los organismos municipales que trabajan la modificación del Plano Regulador Comunal. El Ministerio de Medio Ambiente ya ha reconocido la existencia de los humedales de Quilicura, pero la administración municipal…

Ahora más que nunca es importante visibilizar la problemática del agua y los humedales en nuestro país. Nos encontramos en un momento único, donde tenemos la oportunidad como pueblo para poder reconfigurar y establecer un nuevo pacto social. Necesitamos cambiar el paradigma de la propiedad en Chile que, al estar en manos de los grandes empresarios, no hace más que afectar nuestra agua y medioambiente, al ser percibidos como unas simples mercancías que toman vida propia dentro del mercado.

Hay que dejar de percibir a la propiedad como un simple derecho absoluto e inamovible, ya que tiene una función social, la que si no es considerada, puede llevar a una situación tan nefasta como la actual situación medioambiental e hídrica de Chile.

(*) Rodrigo Vallejos es estudiante de derecho de la Universidad Diego Portales. Miembro activo de la Agrupación Popular Autónoma de Quilicura (APAQ), de Derecho Quilicura, y del Centro de Estudio Humanísticos (CEHUM).


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