El proyecto
En concreto:
– Crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas, sujeto a la supervigilancia del Presidente de la República a través del Ministerio del Medio Ambiente.
– Entre sus funciones están administrar las áreas protegidas del Estado y supervisar la administración de las áreas protegidas de propiedad privada; fomentar la creación de estas áreas; elaborar y velar por el cumplimiento de los planes de manejo de las áreas protegidas públicas y privadas; ejecutar las políticas, planes y programas de preservación, restauración y promoción del uso sustentable de las especies y ecosistemas, especialmente de aquellos amenazados o degradados.
– El Servicio será el encargado de autorizar la caza o captura en áreas que forman parte del Sistema Nacional de Áreas Protegidas y de fiscalizar el cumplimiento de las normas legales sobre la materia.
– Crea el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, cuyos objetivos son los de asegurar la conservación de una muestra representativa de la biodiversidad del país en las áreas que formen parte del Sistema; mejorar la representatividad de los ecosistemas terrestres, acuáticos continentales y marinos, especies y variedades y, fomentar la integración de los servicios ecosistémicos de las áreas protegidas en las estrategias de desarrollo nacional, regional y local.
– Establece las siguientes categorías de áreas protegidas: Reserva de Región Virgen; Parque Marino; Parque Nacional; Monumento Natural; Reserva Marina; Reserva Nacional; Santuario de la Naturaleza; Área Marina y Costera Protegida de Múltiples Usos, y Humedal de Importancia Internacional o Sitio Ramsar.
– Fija las características y contenidos que deberán reunir los planes de manejo de las áreas protegidas, los que deberán revisarse al menos cada 5 años. Estos planes podrán dividirse en varios programas que traten funciones específicas: conservación, uso sostenible, investigación científica, monitoreo, educación, recreación, ecoturismo, aspectos regulatorios, administración y coordinación.
– Establece las funciones y atribuciones de los guardaparques dentro de las áreas protegidas, las que podrán contar también con un administrador, que formará parte del cuerpo de guardaparques, y será responsable de la dirección y gestión integral del área.
– Sólo podrán otorgarse concesiones en las zonas protegidas del Estado, en beneficio del manejo del área, cuyo fin sea la prestación de servicios en el marco de proyectos de ecoturismo, investigación científica o educación. Crea un Comité Técnico, de carácter consultivo, para apoyar el proceso de otorgamiento de concesiones.
– Fija el procedimiento para la creación de un área protegida de propiedad privada.
– Faculta al Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas para diseñar, implementar y dar seguimiento a la aplicación de los instrumentos de conservación de la biodiversidad que se señalan en el proyecto.
– Crea el Fondo Nacional de la Biodiversidad, destinado a financiar programas de conservación fuera de las áreas protegidas, incentivando las actividades de uso sustentable de la biodiversidad, la investigación, la restauración de ecosistemas degradados, la recuperación de especies y la educación. También podrá financiar iniciativas de organizaciones sin fines de lucro, para desarrollar estudios o proyectos de conservación, fuera o dentro de áreas protegidas, cuyo objetivo sea ampliar la gestión del Estado en relación a especies y ecosistemas.
– Autoriza al Servicio para certificar, en los procesos productivos, los predios que provean servicios ecosistémicos, como una oportunidad de desarrollo local sustentable.
– Crea los bancos de compensación de biodiversidad, que corresponden a un conjunto de territorios cuyas singularidades y valor por biodiversidad lo convierten en candidato en el esquema de la compensación de impactos de proyectos de inversión.
– Establece un catálogo de infracciones y las sanciones que se les aplicarán, imponiendo al Servicio la obligación de mantener actualizado un registro público de sanciones, el que deberá estar a disposición de cualquier persona que lo requiera, debiendo permitirse su consulta también por vía electrónica.
Únicos
Una alta proporción de las especies que se encuentran en el territorio de Chile son endémicas (ver información más abajo); es decir, viven exclusivamente en esta estrecha y aislada región del planeta.
“Los chilenos desconocen el valor de su biodiversidad y su relevancia para la conservación a nivel mundial”, indica Mary Kalin, directora del IEB y Premio Nacional de Ciencias 2010. Por ello, a la investigadora le parece fundamental que existan bases de datos de flora y fauna nativas de acceso público y gratuito, como contempla la nueva legislación. “La calidad de esta información depende de la realización permanente de estudios de monitoreo a largo plazo que, lamentablemente, tienen escaso financiamiento y apoyo del Estado”, dice.
Los recursos para investigación aplicada deberían incrementarse gracias a la creación delFondo Nacional de Biodiversidad, que es parte del proyecto de ley. Los investigadores confían que esto impactará en las decisiones de la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica (CONICYT) para establecer un programa de apoyo al monitoreo a largo plazo de la biodiversidad y los ecosistemas chilenos de importancia ecológica y económica. Los “observatorios ambientales” del territorio nacional deben ser una prioridad de la ciencia, como los son nuestros observatorios astronómicos.
En 2015, Chile se enfrentará a la evaluación de desempeño ambiental ante la OCDE. Habrá que ver si las estadísticas negativas quedan atrás, para así dar paso a un nuevo trato con nuestro postergado patrimonio natural.
Porcentaje de especies endémicas del territorio de Chile
Anfibios: 65%
Reptiles: 63%
Peces de aguas continentales: 55%
Plantas: 50%
Mamíferos: 11%
Aves: 2%
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