Luego de que la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) enviara nuevos antecedentes al Tribunal Ambiental de Santiago, el organismo determinó autorizar la medida provisional por la que se solicitó el cierre de un segundo galpón de Antofagasta Terminal Internacional (ATI), del grupo Luksic.
Cabe recordar que la medida, que paraliza durante 30 días corridos y renovables el cierre de los galpones, ya fue implementada en el galpón de Sistema de Acopio de Concentrado (SAC), y ahora recae sobre el de Terminal de Graneles y Minerales (TEGM).
En primera instancia, la solicitud para el TEGM fue rechazada por el Tribunal puesto que conforme a las informaciones de la SMA su funcionamiento y eventuales irregularidades ya se encontraban incluidas en el Programa de Cumplimiento presentado por la firma en el marco del proceso sancionatorio.
No obstante, tras la inclusión de nuevos antecedente el TA resolvió que «de acuerdo a los antecedentes aportados en esta oportunidad por la SMA, se puede colegir que: (i) las condiciones en las que se desarrolla el proceso de embarque de buques con los graneles minerales acopiados en el galpón TEGM, generan abundante material particulado fugitivo desde las bodegas de los mismos, como se observa en el video “MOV_0606.mp4”, acompañado a la presente solicitud; (ii) de acuerdo a los resultados de los análisis de los muestreos realizados en el puerto y sus alrededores, ya se habría confirmado la presencia de concentraciones de elementos coincidentes con los productos embarcados por la empresa, y cuyos niveles superan la norma, en el entorno urbano al puerto; y, (iii) previsiblemente el material particulado emitido en el proceso de embarque de los graneles acopiados en TEGM, podría incrementar la contaminación de los entornos urbanos del puerto debido a la acción del viento, que sopla – según consta en los muestreos presentados en la solicitud- la mayor parte del tiempo y con su mayor intensidad, precisamente en dicha dirección desde el sitio de atraque de los buques».
Dichos antecedentes permitieron al órgano judicial determinar la existencia de un riesgo inminente para el medio ambiente y la salud de las personas «en la medida que se mantengan las condiciones actuales de operación del galpón TEGM (…) que es necesario prevenir, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley Orgánica de la SMA».
Cabe recordar que la comunidad antofagastina, en pie de guerra por la contaminación generada por las operaciones de acopio y embarque de la firma del grupo luksic, dio un ultimátum al ejecutivo en el marco de la masiva marcha celebrada este sábado 7 de marzo, otorgando un plazo de 15 días para retirar el concentrado de cobre de la ciudad bajo la amenaza de un paro regional.
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