Votación de la Ley SBAP aprueba servicio dedicado exclusivamente a la conservación de la biodiversidad

El logro más importante es que la Ley SBAP viene a completar la institucionalidad ambiental del país, permitirá la implementación de la ley de Cambio Climático y el país contará con un servicio dedicado exclusivamente a la conservación de su biodiversidad, que es única en el mundo y está sumamente amenazada.

Votación de la Ley SBAP aprueba servicio dedicado exclusivamente a la conservación de la biodiversidad

Autor: El Ciudadano

Luego de un intenso debate en la Comisión Mixta que reunió a diputados y senadores, este lunes 29 de mayo se aprobó finalmente, después de 9 años de discusión, el Proyecto de Ley que Crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP), una iniciativa que ha debido sortear las más diversas controversias e interpretaciones sobre su contenido y alcance, tanto en la Cámara Baja como Alta, además de presiones desde la industria del salmón, sindicatos de Conaf, industria forestal, entre otros.

El logro más importante es que la Ley SBAP viene a completar la institucionalidad ambiental del país, permitirá la implementación de la ley de Cambio Climático y el país contará con un servicio dedicado exclusivamente a la conservación de su biodiversidad, que es única en el mundo y está sumamente amenazada. Esta es una ley que se aprueba con años de retraso, dado que la situación de la biodiversidad nacional ha empeorado y la extinción de especies es un fenómeno irreversible.

La ley cuenta con más de 150 artículos, más otros 12 transitorios con importantes instrumentos para la conservación de la biodiversidad nacional, algunos que no existían antes, entre ellos, la conservación de especies y ecosistemas amenazados y degradados, la conservación de humedales,  un sistema de áreas protegidas homologado a categorías internacionales, control de especies exóticas invasoras, áreas protegidas libres de transgénicos, sitios prioritarios resguardados, apoyo a la conservación de las reservas de la biosfera, de los humedales de importancia internacional o sitios Ramsar y las áreas privadas protegidas, fondos para la biodiversidad, fiscalización y sanciones por destruir la biodiversidad.

Los temas que fueron los principales cuellos de botella y donde no se pudo avanzar como se hubiera querido, se relacionaron con el reconocimiento de los sitios prioritarios preexistentes y las concesiones en áreas protegidas para realizar salmonicultura y otras actividades industriales. “Chile posee 334 sitios prioritarios anteriores a esta ley, 68 de la Estrategia Nacional de Biodiversidad y 266 de las Estrategias Regionales de Biodiversidad. Todos ellos fueron establecidos por las regiones en procesos participativos hace 20 años atrás y se han incluido en las Estrategias Regionales de Conservación. La pugna fue siempre de reconocerlos y protegerlos en el SBAP o de dejarlos fuera. La Cámara no llegó a acuerdo y dejó textos contradictorios”, señaló María Isabel Manzur, encargada de Biodiversidad de Fundación Chile Sustentable.

Tampoco la Comisión Mixta pudo avanzar mucho y para poder llegar a acuerdo, se negoció un texto que establece un proceso de 2 años para que estos sitios sean evaluados y reconocidos mediante un decreto supremo, los que además deberán ser aprobados por el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad. En ese periodo mantendrán sus efectos legales vigentes. Por lo tanto, estos sitios no quedaron con un reconocimiento inmediato, lo cual es un retroceso, y se corre el riesgo que algunos sean eliminados durante el proceso.

En cuanto a concesiones en áreas protegidas, hubo avances y retrocesos. El proyecto de ley permite concesiones para educación, investigación científica y turismo de baja escala dentro de áreas protegidas, lo cual es un beneficio para el sistema. Sin embargo, también permite concesiones llamadas sectoriales para realizar actividades industriales dentro de áreas protegidas (minería, proyectos hidroeléctricos, etc.) que destruyen la biodiversidad. Estas actividades ocurren hoy en día en muchas áreas protegidas. La Cámara no tuvo acuerdo sobre este tema y aprobó textos contradictorios que pasaron a Comisión Mixta.

El proyecto, sin embargo, dejó condiciones para aprobar estas concesiones, que son que el área cuente con un plan de manejo y que la respectiva actividad sea compatible con dicho plan de manejo y tenga un informe favorable del Servicio. “Aunque en primera instancia esto se ve como algún nivel de resguardo a estas 3 categorías, no sabemos cómo van a funcionar en la práctica y como el Servicio se comportará frente a la presión de las industrias cuando se deban elaborar dichos planes de manejo y emitir informes sobre las solicitudes de concesiones. Lamentamos que hayan primado los intereses económicos y no se hayan protegido todas las áreas protegidas de estas actividades industriales”, dijo citada en nota de prensa.

La Comisión Mixta prohibió las concesiones sectoriales en las 3 categorías más estrictas de áreas protegidas, que son las reservas de región virgen, parques nacionales y monumentos naturales, lo cual es un buen avance en línea con la Convención de Washington. Sin embargo, en las otras categorías menos estrictas de reserva nacional, área de conservación de múltiples usos y área de conservación de pueblos indígenas, se permiten dichas concesiones sectoriales para realizar actividades industriales, lo que es un grave retroceso.

Salmonicultura
En cuanto a las concesiones para salmonicultura en áreas protegidas, la Comisión Mixta rechazó la propuesta del Ejecutivo que pretendía prohibir estas actividades en todas las áreas protegidas. La presión de la industria salmonera se hizo sentir y por ende no se pudo avanzar en este tema por lo que sigue vigente el texto actual de la Ley de Pesca.

“Su Artículo 158 señala que las zonas lacustres, fluviales y marítimas que formen parte del Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado, quedarán excluidas de toda actividad pesquera extractiva y de acuicultura. Sin embargo, en las Reservas Nacionales y Forestales, podrán realizarse dichas actividades. Previa autorización de los organismos competentes, podrá permitirse el uso de porciones terrestres que formen parte de dichas reservas, para complementar las actividades marítimas de acuicultura. En otras palabras, se permiten salmoneras solo en reservas nacionales, pero se excluyen en las otras categorías de áreas protegidas. Por ende, las actuales actividades de salmonicultura en parques nacionales seguirán siendo ilegales”, dijo María Isabel Manzur.

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