Barbosa propone 7 años de cárcel a policías sin certificado en Puebla

El mandatario busca reformar el Artículo 418 y adicionar las fracciones al Artículo 419 del Código Penal de Puebla

Barbosa propone 7 años de cárcel a policías sin certificado en Puebla

Autor: Anaid Piñas

Las personas o pseudo policías que acepten un cargo en cualquier institución de seguridad municipal, sin contar con el Certificado Único Policial o evaluación de control y confianza vigente, establecidos en la Ley de Seguridad Pública del Estado, serán castigados hasta con siete años de cárcel.

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Además, los presidentes municipales que contraten, propongan o designen a personal de los cuerpos de seguridad sin que se encuentren capacitados para el cargo, pasarán hasta seis años en prisión.

Así lo señala la iniciativa que el gobernador Miguel Barbosa Huerta envió al Congreso de Puebla para regular la operatividad de la policía en los 217 municipios del estado y limitar las omisiones en materia de seguridad por parte de los ediles.  

Este jueves, en sesión ordinaria, la Mesa Directiva del Congreso de Puebla dio lectura al oficio SEGOB/2745/2022 de la Secretaría de Gobernación del Estado, con la propuesta de Barbosa Huerta, misma que fue turnada a las Comisiones Unidas de Procuración y Administración de Justicia, y a la de Asuntos Municipales para su análisis.

El mandatario busca reformar el Artículo 418 y adicionar las fracciones XVI Bis y XVI Ter al Artículo 419 del Código Penal de Puebla; asimismo, la adición de un segundo párrafo al Artículo 209 de la Ley Orgánica Municipal.

De acuerdo con el proyecto, aunque las revisiones ya se encuentran establecidas en la ley, era necesario tipificar el supuesto de que “las personas que ingresen a las instituciones de seguridad pública que no cuentan con el certificado y registro necesarios para el puesto»

También era necesario definir sanciones para los servidores públicos y no caer en omisiones o abusos de autoridad al contratar, recomendar o designar a elementos policiacos sin cumplir con los requisitos que establece la Ley de Seguridad Pública del Estado.

Cabe recordar que la iniciativa del gobernador surgió tras los hechos violentos registrados en los municipios de Chignahuapan y Tulcingo, este último registró el asesinato de un comandante que no contaba con los requisitos para ser oficial de policía.  

¿Cómo serán las sanciones?

A las personas que acepten un cargo o empleo al interior de la Policía Municipal sin contar con el Certificado Único Policial o registro vigente establecido en la Ley de Seguridad Pública del Estado serán castigados con tres meses y hasta siete años de prisión, y multa de una a 10 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente representa, de 96.22 pesos hasta 962 pesos.

En tanto, los presidentes municipales que contraten, propongan, designen o nombren a personal de las instituciones policiales sin contar con los requisitos para ejercer; o en su caso, no separen de su cargo a quienes no estén certificados, se les impondrá de seis meses a seis años de cárcel y multa de 20 a 200 UMAS, lo que representaría de mil 924 pesos a 19 mil 244 pesos.

Además, con la modificación al Artículo 209 de la Ley Orgánica Municipal, que recuerda la facultad de los alcaldes para nombrar y remover mandos policiales, la nueva obligatoriedad quedaría definida como “los integrantes del cuerpo de seguridad pública municipal deberán contar con la certificación y registro que establezca la legislación en la materia”. 

Foto: Agencia Enfoque

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