Permite TEEP a presidenta auxiliar en Tepeaca ir por reelección

La edila auxiliar de Santiago Acatlán en Tepeaca, María Ignacia García Miranda, podrá ser votada nuevamente

Permite TEEP a presidenta auxiliar en Tepeaca ir por reelección

Autor: El Ciudadano México

María Ignacia García Miranda, presidenta auxiliar de Santiago Acatlán en el municipio de Tepeaca, podrá buscar su reelección en las elecciones de las juntas auxiliares que se realizarán el próximo 23 de enero, de acuerdo con la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP).

De acuerdo con el organismo, y a pesar de que el periodo de inscripción de los candidatos ya terminó, el Ayuntamiento de Tepeaca tendrá que dar otra fecha para que ella pueda registrarse.

En sesión pública virtual, los magistrados resolvieron el asunto TEEP-JDC-008/2022, promovido por María Ignacia García con el que buscaba controvertir la convocatoria de plebiscitos para la integración de juntas auxiliares para el periodo 2022-2025, argumentado una violación a sus derechos político-electorales.

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Los agravios de María Ignacia García

En la exposición del caso la actual mandataria señaló tres agravios que en la convocatoria del proceso electoral.

Según la afectada, en el primero calificó como indebida la fundamentación al utilizarse un lineamiento emitido por el Instituto Electoral del Estado (IEE), para la organización de las elecciones de juntas auxiliares del 2019, porque no está vigente.

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El Tribunal Electoral del Estado de Puebla analizó la situación y determinó que las normas no eran vigentes, pues esas normas fueron para cumplir las sentencias de la Sala Regional Ciudad de México (SRCDMX) del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y por el tribunal local en 2019, por lo que su aplicación fue exclusiva para los plebiscitos de ese año.

En el segundo, María Ignacia García señaló que la convocatoria violaba su derecho de reelección, porque especificaba no haber desempeñado el cargo de presidente o presidenta auxiliar en el periodo anterior; sin embargo, los magistrados no encontraron razones para negarle el registro.

El tercer agravio que denunció, fue la imposibilidad de separarse de su cargo 30 días previos al proceso electoral, como lo señala la convocatoria, moción que fue apoyada por el pleno del TEEP y solicitaron se abra una nueva fecha para que se registre.

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