El titular de la Auditoría Superior del Estado (ASE) podría ser removido de forma inmediata por incurrir en causas graves, debido a que propone modificaciones a la Constitución de Puebla que presentó el gobernador Miguel Barbosa Huerta al Congreso de Puebla.
La iniciativa integral propone cambios a los artículos 12, 57, 113, 114 y 125 de la Constitución del Estado de Puebla, que van desde el desempeño hasta las sanciones a las que se hará acreedor por su “mal comportamiento”.
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Para desempeñarse como auditor, se debe contar con experiencia de, al menos, cinco años en materia de fiscalización, auditoría, responsabilidades, control interno, evaluación del desempeño u otros equivalentes.
Además, se menciona que no podrán ejercer el cargo de titular de la Auditoría Superior del Estado quienes “dentro de los tres años anteriores al nombramiento, hubiesen fungido como gobernador; titular de alguna dependencia o entidad del gobierno federal o local, con excepción de los órganos responsables del control interno”.
“La prohibición integra al senador; diputado federal o local; ministro, magistrado o juez del Poder Judicial Federal o del Estado; presidente municipal o dirigente de partido político nacional o local, así como quienes hubiesen sido postulados para cualquier cargo de elección popular durante el año previo a la emisión de la convocatoria respectiva”.
Las causas de la destitución
La modificación de esta la ley refiere que el titular de la Auditoría Superior del Estado podrá ser removido, exclusivamente, por causa grave, a través del procedimiento especial que prevea la ley del Congreso.
Serán los diputados locales quienes resolverán sobre la existencia de las causas de la remoción del titular de la Auditoría Superior del Estado.
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La remoción causará efectos inmediatos y deberá procederse al nombramiento para un nuevo período.
Las causas graves que removerán a un auditor son:
- Contravenir los principios a los que se debe ajustar la función de fiscalización conforme a esta Constitución y la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
- No satisfacer los requisitos o actualizar los supuestos de prohibición establecidos en el presente artículo;
- Ausentarse de sus labores por más de un mes sin que medie autorización del Congreso;
- Abstenerse de presentar en el año correspondiente, sin causa justificada, los informes previstos en la ley;
- Conducirse con parcialidad o aceptar la injerencia de los partidos políticos en el ejercicio la función de fiscalización, en el proceso de revisión de la Cuenta Pública, así como en los procedimientos de fiscalización y de imposición de sanciones;
- Obtener, sin justificación, una evaluación del desempeño no satisfactoria, a juicio del Congreso, durante dos ejercicios consecutivos;
- Incurrir en cualquiera de las conductas consideradas como faltas administrativas graves, en los términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas;
- Cualquier otra análoga a las anteriores prevista en la Ley y que afecte el buen despacho de la función de fiscalización y el combate a la corrupción.
Vigilarán al auditor
En entrevista, la diputada Nora Merillo Escamilla explicó que el Congreso Local creará una unidad técnica que colaborará con los integrantes de la Comisión Inspectora para evaluar de manera permanente al titular de la ASE.
Negó que la iniciativa del gobernador sea dirigida al actual titular Francisco Romero Serrano y refirió que se trata de una homologación a la ley federal.
Dio a conocer que la actual ley no tiene a nadie que “fiscalizará” al organismo local, por lo que es necesario, con las reformas, mejorar el desempeño y vigilar el uso de los recursos públicos de la ciudadanía.
Foto: Agencia Enfoque