Un juez federal otorgó a la transnacional española, Iberdrola Energía Monterrey (IEM), la suspensión de la multa de nueve mil 145 millones de pesos, que le fue impuesta por la Comisión Reguladora de Energía (CRE), quien sancionó a la empresa por vender energía a terceros de forma ilegal entre 2019 y 2020.
El juez Tercero de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, Ramón Lozano Bernal, dio a conocer que: «Por lo expuesto y con fundamento en los artículos 125, 132 y 144 de la Ley de Amparo, se resuelve: Único. Se concede la suspensión definitiva de los actos que reclama de las autoridades responsables señaladas en su escrito de demanda, por los motivos expuestos en el considerando tercero de esta resolución»
Es importante señalar que la sanción millonaria de Iberdrola representa casi la mitad, 56.4 por ciento, de los beneficios netos que la multinacional reportó a escala global para el primer trimestre del año.
Lozano concedió la suspensión después de acreditar y otorgar la garantía que establece el artículo 135 de la Ley de Amparo. Este establece que las suspensiones contra cobro de contribuciones sólo pueden tener efectos si se garantiza el monto respectivo, salvo casos donde el quejoso acredite que se excede su capacidad económica.
En septiembre se llevará a cabo, una audiencia constitucional, en la que resolverá si concede el amparo definitivo a la empresa o no. La CRE aún puede impugnar la resolución del juez ante un tribunal superior.
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Multa histórica
El pasado 25 de mayo, la CRE aprobó la RES/466/2022, la cual establece la penalización a Iberdrola Energía Monterrey. Lo anterior, después de que la Comisión Federal de Electricidad (CFE) acusara a la transnacional de cobrar por la electricidad que generaba en la planta.
Iberdrola habría hecho caso omiso a la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica (LSPEE), más específicamente del artículo 36; la empresa habría vendido energía generada bajo la figura de autoabastecimiento, esto significa que el suministro de electricidad sería para una misma empresa o para el proyecto original donde todos los socios sean propietarios.
Tal falta habría sido demostrada con comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI) emitidos por IEM entre enero de 2019 y junio de 2020.
Foto: Twitter
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