En acuerdo quedó la reclamación de la causa Dominga. La determinación fue tomada este jueves 21 de diciembre por el Primer Tribunal Ambiental luego de la audiencia realizada ayer en Antofagasta.
La ministra Sandra Álvarez Torres y los ministros Alamiro Alfaro Zepeda y Cristián López Montecinos escucharon durante más de ocho horas los alegatos de 11 abogados en el marco de la reclamación de la empresa Andes Iron contra el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) por el rechazo -efectuado por el Comité de Ministros- del proyecto minero portuario Dominga que se ubica en la Región de Coquimbo.
Entre las principales controversias de esta causa está lo planteado por la empresa respecto a que los argumentos técnicos utilizados por el Comité para rechazar Dominga ignoraron lo resuelto por el Primer Tribunal Ambiental.
Hay que recordar que en abril de 2021 el órgano jurisdiccional ya había acogido una reclamación de Andes Iron por la no aprobación del proyecto. En dicha oportunidad la sentencia anuló la resolución del Comité y determinó retrotraer la evaluación ambiental de Dominga a la fase posterior al Informe Consolidado de Evaluación Ambiental (ICE).
Fue el abogado Patricio Leyton quien, en representación de la empresa, hizo hincapié en que los fallos deben ser cumplidos y no solo en su parte resolutiva, sino en todas sus partes. “Lo que más me cuesta creer de lo que tengo que alegar en esta oportunidad es si los fallos de los tribunales ambientales deben ser cumplidos”, dijo en estrado.
Además, indicó que Dominga se ha transformado en un símbolo del entrampamiento entre lo político y lo técnico, y destacó que “hay pocos proyectos con una empatía socioambiental como Dominga”.
Sin embargo, en sentido contrario, el SEA planteó que no es posible sostener que la sentencia haya “zanjado” ciertas materias ya que no validó la suficiencia técnica del proyecto y argumentó que el Comité de Ministros debía considerar no solo el fallo, sino también el expediente de evaluación ambiental, los principios del derecho ambiental y las observaciones ciudadanas cuya falta de debida consideración fue reclamada.
La abogada del organismo evaluador, Camila Contesse, indicó que “no es efectivo que el proyecto haya sido avalado en todas las instancias técnicas y judiciales en que ha sido conocido” al hacer énfasis en que fue calificado desfavorablemente en dos ocasiones por el mismo Comité.
Otra de las controversias tiene relación con la evaluación de impactos ambientales y la línea base del medio marino. Mientras la empresa hace hincapié en que la sentencia del tribunal si se consideró y evaluó las materias, el SEA asegura lo contrario.
Terceros
En la audiencia también, se escucharon los alegatos de ocho abogados que se sumaron como terceros coadyuvantes, entre ellos cinco que representan a asociaciones comunales, gremiales y sindicatos que están a favor de la empresa. Los otros tres, representantes de cuatro organizaciones, agrupaciones y asociaciones que no aprueban el proyecto.
Los fundamentos entregados por los abogados de quienes están a favor del proyecto se centraron mayoritariamente en los antecedentes históricos de la comuna de La Higuera y su tradición en la actividad minera, su realidad socioeconómica, así como el derecho al trabajo y a las oportunidades de crecimiento que traería el proyecto para los habitantes de la comuna.
Argumentos muy distintos fueron expresados por los litigantes contrarios a Dominga, para quienes el proyecto causaría afectaciones a la biodiversidad en el área protegida del Archipiélago de Humboldt.
Proyecto
El proyecto portuario minero Dominga, cuya inversión es de US$2.500 millones, se localiza en la comuna de La Higuera, región de Coquimbo. Su objetivo es la producción y comercialización de concentrado de hierro como producto principal y de concentrado de cobre como subproducto.
Considera la producción de 12 millones de toneladas anuales de concentrado de hierro y 150 mil toneladas anuales de concentrado de cobre, como resultado de la explotación de dos rajos. El concentrado de hierro será enviado a través de un concentraducto subterráneo al terminal de embarque en la caleta Totoralillo Norte.
Principales antecedentes procesales:
· 1 de diciembre de 2017: La empresa Andes Iron SpA interpuso una reclamación judicial en contra de la resolución del Comité de Ministros que rechazó la reclamación administrativa interpuesta.
· 27 de abril de 2018: Primer Tribunal Ambiental dictó sentencia definitiva y acogió reclamación de la empresa Andes Iron.
· 16 de mayo de 2018: Los terceros coadyuvantes de la parte reclamada e independientes interpusieron, ante la Corte Suprema, recursos de casación en la forma y en el fondo.
· 26 de septiembre de 2019: La Corte Suprema acogió 3 recursos de casación en el fondo. Declaró nula la sentencia dictada por el Primer Tribunal Ambiental y ordenó en su sentencia de reemplazo que el Primer Tribunal Ambiental con ministros no inhabilitados conociese y decidiese sobre el fondo del asunto debatido.
· 16 de abril de 2021: Primer Tribunal Ambiental dictó sentencia y acogió la reclamación de Andes Iron, anuló la resolución del Comité de Ministros y determinó retrotraer la evaluación ambiental del proyecto a la fase posterior al Informe Consolidado de Evaluación Ambiental (ICE).
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