Aprueba Cámara de Diputados extinción de fideicomisos del Poder Judicial

El Pleno de la Cámara de Diputados, aprobó en lo general el dictamen que extingue los fideicomisos del Poder Judicial de la Federación

Aprueba Cámara de Diputados extinción de fideicomisos del Poder Judicial

Autor: Luis Martinez

Este viernes el Pleno de la Cámara de Diputados, aprobó en lo general el dictamen que extingue los fideicomisos del Poder Judicial de la Federación, adicionando un segundo párrafo al artículo 224 de su ley orgánica.

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La propuesta fue impulsada por el diputado de Morena, Moisés Ignacio Mier Velazco y presentada por el diputado, también de Morena, Víctor Gabriel Varela López, fue avalada con 260 votos a favor, 196 en contra y cero abstenciones, además, los artículos fueron reservados en términos del dictamen y y se adicionó un artículo transitorio

La reforma que ahora será remitida al Senado de la República para sus efectos constitucionales, establece que, en el ámbito del Poder Judicial de la Federación, no podrán ser creados ni mantenerse en operación otros fondos o fideicomisos adicionales al Fondo Económico para el Mejoramiento de la Administración de Justicia.

Los diputados y diputadas han acordado incluir un quinto artículo transitorio con el fin de especificar que los fondos mencionados en el transitorio previo deben ser centralizados en la Tesorería de la Federación y dirigidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público hacia los programas que faciliten la realización del Plan Nacional de Desarrollo

El Poder Judicial de la Federación deberá, a través de sus órganos competentes, publicar el informe mencionado en el párrafo anterior en un plazo máximo de 7 días laborales a partir del día siguiente en que se realice la correspondiente transferencia de fondos a la Tesorería de la Federación.

Mediante sus órganos competentes, se deberá divulgar un informe específico, detallado y exhaustivo para cada instrumento que sea anulado a través de este Decreto. En dicho informe se tiene que señalar los montos transferidos a la Tesorería de la Federación de acuerdo con lo establecido en el transitorio anterior, cumpliendo con los principios de transparencia, rendición de cuentas, acceso público a la información, máxima publicidad y otros principios relacionados establecidos en la Constitución Política, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.


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