¡Buena noticia! Personas trabajadoras del hogar tendrán acceso a seguro y prestaciones por registro obligatorio

Quienes no sean inscritos en el programa podrán presentar una denuncia en contra de sus empleadores

¡Buena noticia! Personas trabajadoras del hogar tendrán acceso a seguro y prestaciones por registro obligatorio

Autor: Luis Lozada

Las personas trabajadoras que presten sus servicios en tareas del hogar ahora deberán ser registradas de manera obligatoria por sus empleadores al Instituto del Seguro Social (IMSS) de Puebla, para que puedan ser beneficiarias de servicios médicos y prestaciones.

Te recomendamos: Arte, Cultura y Deporte, fibras que cohesionan proyecto social de Armenta

Este nuevo esquema forma parte del programa «Personas Trabajadoras del Hogar» del IMSS, que busca garantizar el acceso de seguro social para que todas las personas puedan afiliarse en igualdad de condiciones que el resto de trabajadores.

En conferencia de prensa, José Ricardo Pérez Salazar, jefe de Servicios, de Afiliación y Cobranza del IMSS, delegación Puebla, informó que, con corte a julio de 2024, se tiene un registro de al menos 120 mil personas que trabajan en servicio doméstico en la entidad, de las cuales sólo 1 mil 346 han sido afiliadas a este programa, es decir, únicamente el 1.13 por ciento.

Por lo anterior, puntualizó que la meta para este año es que 4 mil empleadas y empleados del hogar puedan ser beneficiarios de este programa, al considerarlos como un sector vulnerable.

Destacó que las y los trabajadores también podrán ser beneficiarios del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), además de que podrán asegurar a sus familias para que obtengan servicios médicos.

Expuso que las personas que sean afiliadas tendrán derecho a los cinco seguros que la Ley del Seguro Social establece, los cuales son:

1. Riesgos de trabajo: Atención médica, farmacéutica y hospitalaria; incapacidad por accidente de trabajo y enfermedad de trabajo.

2. Enfermedades y maternidad: Atención médica, farmacéutica y hospitalaria, sin restricciones para la persona trabajadora del hogar y sus beneficiarios. Pago de incapacidades por enfermedad general

3. Invalidez y vida: Pensión para los beneficiarios en caso de muerte del asegurado (viudez, orfandad, ascendientes)

4. Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez: Ahorro para el retiro de pensión de cesantía en edad avanzada o vejez

5. Guarderías y prestaciones sociales

Ricardo Pérez Salazar expuso que en caso de que las personas trabajadoras no sean afiliadas a este programa, podrán presentar una denuncia contra su empleador, quienes serán acreedores de una sanción económica

¿Quiénes pueden ser acreedores a este beneficio?

Las personas que podrán ser inscritas a este programa son quienes realicen diversas tareas del hogar, como personal de limpieza, jardinero, chófer, entre otros.

En contraste, quienes no podrán adquirir este beneficio son quienes presenten servicios de asistencia, atención de clientes y otros semejantes en hoteles, casas de asistencia, restaurantes, fondas, bares, hospitales, sanitarios, colegios, internados y otros establecimientos análogos.

¿Cómo registrar a los trabajadores del hogar a este programa?

Los empleadores que deseen registrar a sus trabajadores al programa de Personas Trabajadoras del Hogar deberán ingresar a la página webhttps://www.imss.gob.mx/personas-trabajadoras-hogar.

En esta página deberán ser ingresados datos del patrón y de su empleado, como:

• Clave Única de Registro de Población (CURP), datos de contacto y domicilio que deberá corresponder en donde labora la persona trabajadora 

Información y modalidad de cotización de pago (por día, mes, bimestre o anual)

Detallar el salario y días específicos en los que labora la persona en el hogar

• El patrón deberá realizar el pago de cuota por adelantado a través de una ventanilla bancaria 

• La inscripción al Infonavit se realiza de forma simultánea con el registro en el IMSS y las aportaciones se pagan en el mismo formato de pago.

• Finalmente, las personas trabajadoras podrán acudir a su clínica o Unidad de Medicina Familiar (UMF) para que puedan obtener estos servicios oficialmente. 

Foto: Archivo El Ciudadano México

Recuerda suscribirte a nuestro boletín

📲 https://bit.ly/3tgVlS0
💬 https://t.me/ciudadanomx
📰 elciudadano.com


Reels

Ver Más »
Busca en El Ciudadano