La justicia chilena concedió este viernes 24 de diciembre la extradición del exdiputado federal, Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez, para que sea juzgado por la presunta comisión del delito de enriquecimiento ilícito.
De acuerdo con Mauricio Silva Cancino, ministro de la Suprema Corte de Chile, el delito del que se acusa a Toledo está previsto y sancionado en el artículo 275 del Código Penal de la Ciudad de México, conforme a investigación que se sigue en la carpeta judicial 012/908/2020-AI.
El exdiputado federal electo por el distrito 5 de San Martín Texmelucan, Puebla, será puesto a disposición de las autoridades mexicanas vía la cancillería chilena y de acuerdo con la sentencia dictada se mantendrán las medidas cautelares personales decretadas hasta su entrega a las autoridades mexicanas.
Mauricio Alonso Toledo es investigado por la adquisición en efectivo de una finca ubicada en San Miguel Xicalco en 5 millones 575 mil pesos mexicanos, siendo que los recursos que le fueron entregados mientras se desempeñaba como servidor público desde el año 2009 hasta la compra de la finca el 14 de febrero de 2011, ascienden a 3 millones 500 mil pesos, no constando por lo demás que haya ejercido alguna actividad empresarial que permita justificar el exceso.
Además, en su declaración patrimonial de 2012, Toledo dijo que compró la mencionada propiedad a crédito, lo que no se condice con lo señalado en la escritura del inmueble, en donde se indica que el precio ya fue cubierto, no haciendo mención a crédito alguno o al sujeto que lo pudo haber otorgado.
De acuerdo con la resolución (causa rol 63.425-2021) a la que El Ciudadano México tuvo acceso, en los estados de cuenta proporcionados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores del mes de febrero de 2011 no se observa cantidad alguna enterada bajo el cargo de dicha operación, y “el valor pagado por dicho inmueble no se condice con el valor determinado por la Arquitectura e Ingeniería Civil Forense, que asciende a 10 millones 504 mil pesos mexicanos.
De acuerdo con el ministro Silva Cancino se analizaron los estados de cuentas bancarias que dan cuenta de que los depósitos bancarios de los años 2012, 2013, 2016, 2018 y 2019 exceden “con creces las remuneraciones y los ingresos percibidos en función de su cargo público. Por lo demás, tampoco aparece en los registros bancarios la compra del inmueble ubicado en el pueblo de San Miguel Xicalco”.
Las autoridades chilenas señalan que la defensa, basándose en testigos, infiere que Toledo ha sido sometido a un proceso irregular de desafuero ya que la comisión legislativa encargada de examinar la admisibilidad de la solicitud de desafuero rechazó en una primera instancia la procedencia, para luego, en una nueva instancia, declararla admisible y autorizar su discusión, lo cual contravendría los procedimientos.
El tribunal consideró que la defensa no logra acreditar que la persecución de Toledo se deba a sus opiniones políticas, ya que no define cuál es la opinión o postura política que genera el conflicto, ni la manera en que ésta motiva una acusación en su contra y, “por el contrario, reduce su alegación a la presunta irregularidad en el proceso de admisibilidad del desafuero, en circunstancias que la denuncia, investigación, acusación y proceso de extradición formulado no tiene exclusivo origen en el ente legislativo”.