Por unanimidad, la Cámara de Diputados aprobó en lo general la reforma constitucional en materia de programas sociales del Bienestar, que reduce de 68 a 65 la edad requerida para recibir la pensión.
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Entre las modificaciones también se considera un apoyo permanente no contributivo para personas con alguna discapacidad, menores de 65 años.
Lo anterior significa que los beneficiados no tendrán que cumplir con el requisito de haber contribuido Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
La reforma fue avalada por 483 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones, y busca modificar los artículos 4 y 27 de la Constitución Mexicana, en materia de bienestar.
Para recibir la Pensión del Bienestar en México, que ofrece el gobierno federal, estos son los requisitos:
- Tener 65 años o más.
- Acta de nacimiento.
- Ser mexicano o mexicana por nacimiento o naturalizado con domicilio actual en el país.
- Identificación vigente.
- CURP.
- Comprobante de domicilio.
- Formato Único de Bienestar.
Foto: Agencia Enfoque
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