Entra en vigor nuevo horario para vender alcohol en negocios poblanos

El decreto también establece que ahora los establecimientos como bares, antros y centros nocturnos deberán cerrar a las 02:30 horas

Entra en vigor nuevo horario para vender alcohol en negocios poblanos

Autor: Luis Lozada

Ante el aumento de accidentes viales, agresiones y homicidios relacionados con consumo del alcohol, el gobierno de Puebla publicó el decreto el cual prohíbe la venta de bebidas embriagantes en bares, antros y centros nocturnos después de las 02:00 horas, así como también que el funcionamiento de los establecimientos finalice a las 02:30 horas.

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Lo anterior quedó fijado en el Periódico Oficial del Estado (POE) el pasado 16 de julio, en el que se establecieron modificaciones a la Ley para la Venta y Suministro de Bebidas Alcohólicas del Estado de Puebla, Ley de Seguridad Privada del Estado Libre y Soberano de Puebla, y al Código Penal del Estado Libre y Soberano.

Este paquete de reformas fueron aprobadas por el Congreso del Estado durante la sesión ordinaria del pasado 27 de junio, por unanimidad de 31 votos a favor de los diputados.

Las modificaciones establecen principalmente el cambio de horario del servicio de los establecimientos, así como de la venta de bebidas alcohólicas en estos, por lo que en caso de que los propietarios hagan caso omiso, podrían ser acreedor una sanción.

De igual manera, se determinó que los establecimientos deberán contratar a una empresa privada para que vigile el lugar, por lo que ya no se permitirá la permanencia de cadeneros en los recintos.

Los establecimientos estarán obligados a instalar un circuito cerrado de televisión con cámaras instaladas en el interior y exterior del mismo, a fin de evitar la existencia de puntos ciegos, además de que el respaldo de la grabación deberá tener una vigencia mínimo de 30 días naturales, misma que deberán entregar a la Fiscalía General del Estado (FGE), cuando se solicite.

Además, deberán restringir la venta de bebidas embriagantes a menores de edad, personas con discapacidad mental, a elementos de seguridad pública que porten su uniforme o a personas bajo los influjos del alcohol. 

El decreto señala que los ayuntamientos contarán con un plazo de 90 días naturales, a partir de su publicación en el POE, a fin de homologar sus reglamentos a la Ley para la Venta y Suministro de Bebidas Alcohólicas del Estado de Puebla.

Las licencias y permisos de funcionamiento que fueron otorgados a los establecimientos previo a la entrada de esta ley, podrán conservarlas siempre y cuando ajusten los horarios modificados.

¿Cuáles son las sanciones por violar esta ley?

Los establecimientos que violen esta nueva ley o distribuyan bebidas alcohólicas sin la licencia o el permiso correspondiente, podrán ser acreedores a una sanción de seis meses a seis años de prisión, así como una infracción que oscilan entre las 100 y mil Unidades de Medida de Actualización (UMAs), es decir, de 10 mil 857 pesos a 108 mil 570 pesos.

En caso de que se autorice la venta de bebidas embriagantes a menores de edad o se detecte que se encuentren adulteradas, podría aumentar la multa hasta en una mitad, es decir, podría alcanzar nueve años de prisión.

Foto: Archivo El Ciudadano México

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