El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) señaló que el alcalde de Puebla, Eduardo Rivera Pérez, no utilizó imágenes de menores de edad durante su campaña política, a pesar de que Morena denunció lo contrario.
En sesión virtual, los magistrados resolvieron el asunto TEEP-AE-173/2021, iniciado por Morena, contra el entonces candidato a la presidencia municipal de Puebla, por la presunta utilización de imágenes de menores para promover su imagen.
Morena también acusó a los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI), de la Revolución Democrática (PRD), Pacto Social de Integración (PSI) y Compromiso por Puebla (CPP) por ser omisos en este sentido.
Del análisis del caso, a cargo de la magistrada Idamis Pastor Betancourt, se descartó que Eduardo Rivera y sus aliados violaron los lineamientos para la protección de niñas, niños, adolescentes en materia de propaganda, dictados por el Instituto Nacional Electoral (INE), porque no encontraron la liga de internet para verificar el contenido.
En caso contrario, el TEEP sancionó con una amonestación pública Rodolfo González Álvarez, entonces candidato del partido Redes Sociales Progresistas a la presidencia municipal de Zacatlán, por utilizar imágenes de menores de edad en su campaña política.
Del expediente TEEP-AE-034/2022, los magistrados validaron la denuncia interpuesta por Acción Nacional, pues se observa que el rostro de tres menores aparece de manera clara, lo que hace que sean reconocibles.
Imponen más amonestaciones públicas
En el proyecto TEEP-AE-019/2022, promovido por el entonces candidato de Morena a la diputación Local del Distrito 19, contra el candidato del Partido Compromiso por Puebla y por culpa in vigilando a Morena, los magistrados acreditaron las faltas denunciadas.
Señalaron que la entrevista denunciada, publicada en Facebook, contenía señalamientos calumniosos en contra del denunciante.
Lo mismo ocurrió en el caso TEEP-AE-026/2022, iniciado por la representante propietaria de Morena contra del entonces candidato a la presidencia municipal de Huaquechula, del PSI, por el posible uso de símbolos patrios, así como de imágenes religiosas en propaganda electoral. Los magistrados dijeron que las publicaciones denunciadas violan la normatividad electoral.
En el proyecto TEEP-AE-145/2021, interpuesto por el representante del PRD en contra del aspirante a regidor en el municipio de Tochtepec, y de Morena, por la comisión de actos anticipados de campaña y uso de símbolos religiosos.
Desechan varios proyectos
Entre los asuntos que los magistrados desecharon, al calificar como inexistentes los agravios denunciados, se encuentran el TEEP-AE-164/2021, promovido por un ciudadano en contra de la entonces candidata del Partido Revolucionario Institucional a la presidencia municipal de Oriental, Puebla, y la Confederación de Trabajadores de México (CTM), por actos anticipados de precampaña.
También el TEEP-AE-032/2022, interpuesto por un ciudadano, contra del entonces aspirante a la candidatura para un cargo de elección popular por la región de Ciudad Serdán; así como el juicio TEEP-AE-035/2022, promovido por el ciudadano Alexis Uriel Morales Díaz, en contra del entonces diputado local independiente, Marcelo García Almaguer por la presunta promoción personalizada, uso de recursos públicos, y actos anticipados de precampaña y campaña.
La denuncia TEEP-A-060/2021, iniciada por el partido Compromiso Por Puebla, en contra del acuerdo del Instituto Electoral del Estado identificado como CG/AG-125/2021 fue sobreseída.
Foto: Agencia Enfoque