Este martes, se dio a conocer que el recurso de reclamación que envió el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) fue admitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
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El INAI impugnó la resolución de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, quien en abril negó la suspensión al organismo para sesionar con cuatro de los siete comisionados.
El mes pasado, el INAI promovió la controversia constitucional 280/2023 en contra de la omisión de los Poderes Ejecutivo y Legislativo para nombrar a tres integrantes de su pleno, por lo que no puede sesionar, ya que la ley exige un quorum de al menos cinco comisionados.
También solicitaron que se les otorgara la suspensión, con el efecto de que se les permita sesionar con su pleno incompleto, cosa que la ministra Ortiz Ahlf, a quien tocó en turno estudiar este asunto, les negó, señalando que la SCJN no puede ordenar medidas cautelares que supongan una violación a la ley.
«Con el oficio y los anexos, fórmese y regístrese el expediente físico y electrónico, relativo al recurso de reclamación que hace valer el Director General de Asuntos Jurídicos del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, cuya personalidad tiene reconocida en la controversia constitucional citada al rubro, en contra del proveído de veinticuatro de abril de dos mil veintitrés, dictado por la Ministra instructora Loretta Ortiz Ahlf, en el incidente de suspensión de la controversia constitucional 280/2023, mediante el cual se negó la medida cautelar. Se admite a trámite el recurso de reclamación que hace valer”
La impugnación se se turnó al ministro Javier Laynez Potisek para la elaboración de un proyecto de resolución que se someterá a votación.
Foto: Archivo El Ciudadano
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