Por Redacción
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), emitió dos jurisprudencias, en las que estableció que las jeringas empleadas para el suministro de drogas inyectables formarán parte del concepto de residuos peligrosos biológico-infecciosos.
Lo anterior por el peligro que representa su manejo por su naturaleza de objetos punzantes y por el riesgo de transmisión de enfermedades ante la presencia de fluidos corporales.
Además, el máximo órgano de justicia en el país determinó que en la gestión y manejo de las referidas jeringas deben intervenir los municipios, en coordinación con otros órdenes de gobierno.
Así nació el caso
El caso surge luego que una asociación civil promovió un juicio de amparo en contra de la negativa de una autoridad municipal para encargarse del manejo, traslado y disposición final de las jeringas desechadas que, como parte de su objeto social, recolecta para prevenir la transmisión de enfermedades por la reutilización de agujas en el suministro de drogas inyectables.
La autoridad municipal negó la petición al considerar que corresponde exclusivamente a la Federación el manejo de esos residuos peligrosos biológico-infecciosos.
Al respecto, al interpretar la NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de febrero de 2003, la Sala determinó que:
«La condición relevante para considerar a las jeringas como residuos peligrosos biológico-infecciosos es que contengan agujas que hayan tenido contacto con las personas a través de la vía parenteral, es decir, la introducción en el cuerpo por vía intravenosa, subcutánea o intramuscular; porque convergen los factores de riesgo que implican su naturaleza punzante y la presencia de fluidos corporales»
Además, del análisis de diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, la Sala concluyó que los gobiernos municipales tienen el deber de intervenir, en coordinación con los otros órdenes de gobierno, en la recolección, transporte, tratamiento y disposición final de los residuos peligrosos biológico-infecciosos.
Foto: Agencia Enfoque
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