La interrupción legal del embarazo entró en vigor en el estado de Puebla, exactamente a un mes de que el Congreso del Estado avalara las reformas al Poder Judicial para dejar de criminalizar mujeres que recurren a esta práctica.
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La reforma a los artículos 339, 340, 341, 342, y 343 del Poder Judicial, que despenaliza el aborto en Puebla, finalmente fue publicada este jueves 15 de agosto en el Periódico Oficial del Estado (POE).
Esto significa que las penas de entre seis meses a un año de cárcel dejarán de aplicarse en contra de las mujeres y personas gestantes que recurran al aborto en Puebla.
Ahora, las personas gestantes que deseen interrumpir su embarazo podrán hacerlo sin ninguna clase de consecuencia legal, siempre y cuando esto ocurra dentro de las primeras 12 semanas de embarazo.
Antes de la aprobación del aborto, era necesario que las mujeres que quisieran interrumpir su embarazo tuvieran el acompañamiento de organizaciones civiles como el Centro de Análisis, Formación e Iniciativa Social (Cafis), Gire y el Observatorio Ciudadano de Derechos Sexuales y Reproductivos (Odesyr).
Ahora, quienes deseen abortar simplemente se tendrán que presentar en el IMSS La Margarita, los hospitales del Issste e Issstep, Hospital de la Mujer y el Hospital de la Mujer y Neonatología de Tehuacán.
Hasta el momento esas son las únicas clínicas para realizarse el aborto porque son las que han recibido la capacitación necesaria para prestar el servicio.
Ilustración: Iván Rojas
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