Por abuso de prisión preventiva, CIDH comienza proceso contra estado mexicano

La obligación de los jueces y magistrados mexicanos para poner a la Constitución por encima de tratados internacionales en materia de derechos humanos

Por abuso de prisión preventiva, CIDH comienza proceso contra estado mexicano

Autor: El Ciudadano México

Por el uso indiscriminado de la prisión preventiva oficiosa o automática contra personas imputadas por un delito y la violación a los derechos humanos de Daniel García y Reyes Alpízar Ortiz que estuvieron privados de su libertad sin recibir sentencia, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) comenzó el pasado viernes el análisis de un expediente que enjuicia al Estado Mexicano.

En la comparecencia participaron las víctimas, tres representantes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), dos peritos internacionales y 11 representantes del Estado mexicano, tres provenientes de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) y ocho más del Gobierno, la Fiscalía y el Tribunal de Justicia del Estado de México.

En su exposición inicial, Daniel García – en su calidad de víctima – narró que tras su detención ocurrida en febrero del 2002, fue víctima de tortura física y psicológica por parte de las autoridades del Estado de México.

Explicó que durante 17 años estuvo internado en un centro penitenciario con prisión preventiva sin ser sentenciado, proceso penal que consumió sus recursos económicos y los de su familia, hasta que sus propios hijos se graduaron para poder defenderlo.

Posteriormente, expusieron los peritos que ofrecieron tanto la representación de las víctimas como el propio Estado Mexicano, ambos provenientes del Poder Judicial de la Federación.

Por parte de las víctimas, compareció el ministro en retiro, José Ramón Cossío Díaz, mientras que por parte de las autoridades mexicanas lo hizo el titular de la Escuela Federal de Formación Judicial, Rogelio Arturo Bárcena Zubieta.

En su exposición, Cossío advirtió que más allá del análisis sobre la inconvencionalidad en materia de derechos humanos de la prisión preventiva oficiosa y el arraigo que están contemplados en la Constitución Mexicana, la Corte Interamericana debe analizar las restricciones y reservas que el Estado Mexicano impuso al momento de firmar tratados y convenciones internacionales en materia de derechos humanos.

El perito del Estado mexicano, Rogelio Arturo Bárcena Zubieta, señaló que la obligación de los jueces y magistrados mexicanos para poner a la Constitución por encima de tratados internacionales en materia de derechos humanos cuando exista una restricción expresa, como en el caso de la prisión oficiosa o automática y el arraigo, no es absoluta, es decir, que los juzgadores mexicanos pueden inaplicar los artículos constitucionales que prevén ambas figuras sin exponerse a una sanción del Poder Judicial.

Durante los interrogatorios a las autoridades mexicanas, los jueces de la Corte Interamericana de Derechos Humanos cuestionaron a los representantes del Estado mexicano sobre el uso de la prisión oficiosa y las restricciones que existen para que los impartidores de justicia inapliquen el texto de la Constitución cuando este resulta contrario a los derechos humanos.

Interrogado por la Jueza Patricia Pérez Goldberg, el consultor jurídico de la Cancillería.  Alejandro Celorio Alcántara, sostuvo que México se encuentra revisando las restricciones constitucionales que tiene la propia Carta Magna en materia de derechos humanos. El representante de la defensa,

En su contrarréplica, el ministro en retiro José Ramón Cossío, dijo que existe un falso debate sobre la posibilidad de mejorar la seguridad en el país y  el uso de la prisión preventiva oficiosa o automática para mantener en la cárcel a todos los imputados por un posible delito, ya que se requiere mejorar la seguridad pública, pero sin la intervención de las fuerzas armadas.

Debido a que los procesos penales derivados de este caso surgieron cuando estaba vigente el sistema penal inquisitivo, durante el desarrollo de la audiencia fue evidente que había confusiones con el sistema de justicia penal acusatorio, vigente en todo el territorio nacional a partir de junio del 2016.

Con información de Aristegui Noticias

Foto: Especial

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