El viernes 10 de junio, el juez federal, Jonathan Bass concedió la suspensión definitiva al amparo promovido por la asociación Justicia Justa que considera que el trato “degradante” a los toros viola el derecho a un medio ambiente sano”. La empresa de la Plaza México y el Gobierno de la Ciudad, tienen 10 días hábiles para impugnar la decisión ante un tribunal colegiado. Mientras dure el juicio, la Plaza de Toros México no podrá realizar corridas.
Pongo sobre la mesa tres consideraciones. Una, relativa al amparo; dos, respecto a la ética de las corridas de toros y su futuro.
I.
La Ley para la Realización de Espectáculos Públicos en la Ciudad de México y el Reglamento Taurino para el Distrito Federal son constitucionales. Les falta actualizar términos y denominaciones, pero son congruentes con la Carta Magna capitalina.
En la parte fundamental de su alegato, el juez dijo: “La concesión de la suspensión definitiva no vulneraría el orden público ni afectaría el interés social sino que, por lo contrario, permitiría que las autoridades ejercieran sus facultades legales para evitar la contravención al derecho a un medio ambiente sano que ocasiona la muerte injustificada, los tratos crueles y los sufrimientos innecesarios de los toros de lidia.”
El juez se equivoca. Primero, porque, como consta después de la lectura integral y sistemática, de la Constitución de la Ciudad, en ninguno de sus artículos y especialmente en lo referente al cuidado al medio ambiente y protección de los animales, prohíbe la realización de corridas de toros.
Esta afirmación puede comprobarse fácilmente al revisar las versiones estenográficas de las sesiones del Congreso constituyente, disponibles en la página del Congreso de la CDMX y otras plataformas. Cuando los constituyentes analizaron el tema, nunca consideraron la prohibición de las corridas de toros.
Aún con la falta de actualización y de denominación, independientemente de los aspectos morales o ideológicos respecto a las corridas, la ley y particularmente, el Reglamento prohíben el abuso, la tortura y el trato denigrante de los toros de lidia. Por ejemplo, la ley, establece que los espectáculos taurinos, además de garantizar el derecho del público, impone las obligaciones de los ganaderos y la empresa respecto al registro, edad, pinta e integridad de las reses que se lidiaran en la Ciudad. Cuatro años cumplidos para los toros y tres para los novillos.
Del Reglamento podría decirse mucho, pero hablemos de la Lidia, correspondiente a los artículos del 39 al 46, en los cuales se detalla, como en ningún otro espectáculo, las características de las puyas, banderillas, espadas y demás utensilios utilizados en la lidia; así como el comportamiento de los toreros y de todos los participantes, con el propósito de que el astado reciba sólo el castigo estrictamente necesario y una muerte rápida.
Si bien la lidia de un toro termina con la muerte de un hermoso y noble animal. Quienes la ejecutan son las personas profesionales en esta materia. Como ninguna otra muerte ritual, las corridas de toros están plenamente reguladas, son legales y constitucionales. Los que asistimos a corridas lo hacemos por una decisión libre en ejercicio de nuestros derechos.
II.
Con la prohibición de las corridas de toros no seremos más humanos, más conscientes del medio ambiente o mejores protectores de los animales. Simplemente seremos más hipócritas.
Las corridas de toros no provocan el deterioro del medio ambiente, ni la violencia en la sociedad, ni el maltrato a los animales, como vehementemente lo repiten sin cesar sus detractores. Tratan de convertir a las corridas de toros en un chivo expiatorio, como en su momento fueron los circos con animales. Su prohibición, provocó que leones, camellos, elefantes y otros animales fueran sacrificados, su carne y pieles vendidas. Cientos de circos cerraron, con las consecuentes pérdidas de empleos.
A diferencia de otras especies, como los elefantes, leones y tigres, sin corridas de toros no hay toros de lidia. La especie original, que habitó la Península Ibérica, se extinguió. Aunque el toro es una especie mitológica ancestral, las corridas como llegaron hasta nuestros días tienen su origen en la expulsión de los árabes de la península. Algunos nobles españoles, conservaron y criaron estos animales, para ejercitar a sus caballeros y tropas. De esta decisión nacen las ganaderías que se conservan hasta la fecha.
El capitalismo, sustentado en la utilización de los recursos naturales para la generación de ganancias, provoca la extinción de especies, el cambio climático y la devastación de amplias zonas del planeta. Si el juez dice, que la prohibición de las corridas de toros contribuyen a un medio ambiente sano, ese hombre, como dicen en mi pueblo, no está exacto.
Paradójico, si las corridas de toros se prohibieran de manera definitiva en la Plaza México, lo más probable es que dicho inmueble se convertiría en un nuevo y enorme centro comercial, templo del capitalismo, culto al consumo y a la frivolidad, como ocurrió con el Toreo de Cuatro Caminos. ¿Cuántos centros comerciales más necesita la CDMX?
Si las corridas de toros provocaran la violencia que vivimos, que las prohibieran mil veces y que demuelan hasta sus cimientos la Plaza México, pero no es así. La violencia en el país la provoca la delincuencia y la impunidad de la que gozan los criminales, no las corridas de toros, el fútbol o cualquier otro espectáculo.
Quienes participan o presencian corridas de toros, no son maltratadores de animales, ni golpeadores de mujeres, ni sicarios. La criminología, psicología, medicina y otras disciplinas han identificado con precisión los factores que definen, por ejemplo, los tipos de sicarios, los cuales son cuatro, el marginal, el antisocial, el psicopático y el sádico. Ninguno de ellos son o fueron toreros, ganaderos o aficionados a la fiesta brava.
Es evidente que las corridas de toros están en vías de extinción, no por los dichos falsos e hipócritas de los detractores de la fiesta brava, sino por el cambio de valores de la sociedad. Considero que reflexionar respecto a este tema es fundamental.
El filósofo australiano Peter Siger, en su obra Liberación Animal, esboza algunos de los argumentos más sólidos que he escuchado, no sólo para prohibir las corridas de toros, sino para avanzar en una nueva ética. No hay justificación alguna, para provocar sufrimiento a un ser sintiente en beneficio del hombre. En principio, concuerdo con estos valores, pero como también lo han dicho otros grandes filósofos y pensadores, ningún sistema filosófico opera en el vacío, sino en un tiempo y circunstancia.
Las corridas de toros librarán este escollo legal; sin embargo, se encaminan a su extinción o a su transformación definitiva, por el proceso de cambio en donde los personajes de la fiesta brava dejaron de ser del aprecio de la sociedad.
Quizá adelante, en un mañana indeterminado, al ver las pinturas de Goya, los poemas de Lorca, la fuerte prosa de Hemingway, las crónicas de Pepe Alameda o vean algunas faenas en los dispositivos de tiempos futuros, las nuevas generaciones se pregunten por la existencia de un Belmonte, un Manolete, un Armilla, un Martínez, un Morante, un José Tomás o simplemente observen a los toreros como nosotros vemos ahora a los gladiadores en el Coliseo. Eso pienso yo, ¿usted que opina?
@onelortiz