A pesar de que la identificación humana corresponde principalmente a las fiscalías, la diputada petista Mónica Silva Ruiz pidió crear en Puebla un Centro Estatal en la materia, que estaría adscrito a la Comisión de Búsqueda.
El objetivo es que los familiares de las personas desaparecidas, ausentes, no localizadas y extraviadas, puedan acceder tanto a la búsqueda en vida como a la forense, garantizando la identificación de cuerpos y restos humanos.
En sesión de la Comisión Permanente, propuso reformar y adicionar diversas disposiciones a la Ley de Búsqueda de Personas del Estado, entre ellos la fracción VI del Artículo 2, la fracción XIV del Artículo 25, los párrafos segundo y tercero del Artículo 26, la fracción II del Artículo 30.
“Acciones como estas, permiten fortalecer las acciones, mecanismos e instituciones para garantizar el derecho a la verdad de las víctimas y la sociedad en general”
Añadió que con las modificaciones, las autoridades tendrán que informar sobre las violaciones a derechos humanos de que fueron objeto las víctimas, identificar a los responsables, explicar los motivos del crimen, y garantizar el acceso a la justicia en condiciones de igualdad.
Silva Ruiz recordó que el Senado de la República, a través de reformas a la Ley General en la materia, estableció que las acciones de búsqueda “no sólo incluye la búsqueda en vida, sino también la búsqueda forense con fines de identificación de cuerpos y restos humanos”.
Homologación con normas federales
La propuesta de la diputada Mónica Silva Ruiz se trata de una homologación de la Ley de Búsqueda de Personas del Estado de Puebla con la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.
Las reformas de ley buscan incorporar como herramienta del Sistema Estatal un Centro Estatal de Identificación Humana, como una unidad administrativa, con independencia técnico-científica, que permita que las acciones en la entidad se fortalezcan.
De acuerdo con la modificación al Artículo 25, se le dará seguimiento a las acciones del Centro Estatal, y se generarán los mecanismos y acuerdos para coadyuvar con el logro de su objetivo.
Además, la búsqueda forense con fines de identificación de cuerpos y restos humanos “se realizará desde la perspectiva individualizada o generalizada a través de un enfoque masivo o a gran escala o, en su caso, de identificación humana complementario”, según el Artículo 26.
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La propuesta prevé que el nuevo organismo pueda diseñar, ejecutar y dar seguimiento a las acciones de búsqueda forense con fines de identificación humana “en coadyuvancia con la Fiscalía, la Fiscalía Especializada, las instituciones que presten servicios forenses y otras instancias creadas con el fin de contribuir a la identificación humana dentro del Sistema Estatal”.
Asimismo, podrá solicitar a las instituciones estatales de servicios forenses o periciales, Fiscalía, Fiscalía Especializada y demás autoridades competentes la información concerniente a la búsqueda de personas desaparecidas; incluida la identificación de cuerpos y restos humanos.
Foto: Agencia Enfoque