El pasado viernes 14 de junio, el Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó dos decretos del Ejecutivo Federal, derivados de reformas legislativas aprobadas en abril. Uno de ellos modifica varios artículos de la Ley de Amparo, relacionada con la suspensión del acto reclamado y la inconstitucionalidad de normas generales.
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El segundo decreto, firmado también por el presidente Andrés Manuel López Obrador, adiciona el artículo 9 a la Ley de Amnistía.
Este nuevo artículo permite al titular del Poder Ejecutivo Federal otorgar amnistía de manera directa, sin seguir el procedimiento regular, en casos específicos que aporten elementos útiles para el esclarecimiento de hechos relevantes para el Estado Mexicano y donde se haya ejercido acción penal contra las personas beneficiadas.
Además, el DOF incluyó una reforma a la Ley Federal para el Control de Sustancias Químicas Susceptibles de Desvío para la Fabricación de Armas Químicas.
El nuevo artículo 9 de la Ley de Amnistía establece que el Ejecutivo Federal puede conceder amnistía directamente, extinguiendo acciones penales y sanciones, siempre que se aporten pruebas útiles para casos relevantes. Este artículo entrará en vigor al día siguiente de su publicación
En mayo pasado, tras la modificación de medidas preventivas que permitió a ocho militares implicados en el caso Ayotzinapa seguir su proceso en libertad, López Obrador sugirió que podrían acogerse a la Ley de Amnistía si colaboran para esclarecer los hechos. Señaló que esta medida cautelar no implica su libertad definitiva, ya que continúan sujetos a proceso.
La Secretaría de Gobernación publicó el nuevo decreto en el DOF y se espera que el Ejecutivo Federal emita los acuerdos necesarios para su implementación.
Foto: Archivo El Ciudadano México
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