Puebla: Salud practicó mil 357 abortos en primeros meses de 2023

Los datos señalan que cabeceras municipales y la zona metropolitana concentran el mayor número de interrupciones de embarazos

Puebla: Salud practicó mil 357 abortos en primeros meses de 2023

Autor: David Celestino

Durante los primeros tres meses de 2023, los Servicios de Salud Pública del estado de Puebla han practicado mil 357 abortos, a mujeres que de continuar su embarazo pondrían en riesgo su vida o por causas eugenésicas graves.

Así lo informó la Secretaría de Salud local, en respuesta a la solicitud de información con número de folio 211200723000455, realizada por El Ciudadano México, en la que refiere que bajo estas causales la interrupción del embarazo no está penada.

Los datos señalan que cabeceras municipales y la zona metropolitana concentran el mayor número de abortos, pues la capital poblana fue el municipio con más registros, al sumar 353 durante el primer trimestre del año, seguido por Tehuacán, donde hubo 175 interrupciones del embarazo por dichas complicaciones.

El municipio de Zacatlán sumó 84 registros de abortos, mientras que Huauchinango y Teziutlán tuvieron 78 y 76 respectivamente.

San Andrés Cholula e Izúcar de Matamoros tuvieron 60 registros, mientras que Atlixco reportó 53.

En las cabeceras de San Martín Texmelucan y Libres fueron practicados 48 abortos, mientras que Tepeaca, Huejotzingo y Tlatlauquitepec reportaron 30 casos.

Con 29, 28, 22 y 19 registros, aparecen los municipios de Tecamachalco, Acatlán, Cuetzalan del Progreso y Xicotepec, mientras que Zacapoaxtla, Guadalupe Victoria y Tecomatlán reportaron 18 abortos cada uno.

En Acatzingo hubo 12 reportes, Chalchicomula de Sesma tuvo 12 y Acajete, 11; en tanto que Venustiano Carranza tuvo seis y Tlaola, tres.

Con dos casos, están los municipios de Tlacotepec de Benito Juárez, Ixtacamaxtitlán, Tetela de Ocampo y Palmar de Bravo. Tuvieron un caso Pantepec, Vicente Guerrero, Ayotoxco de Guerrero, Cuyoaco y Quimixtlán.

En Puebla, el aborto está penado en el artículo 343 del Código Penal local, pese a que sea voluntario.

Las únicas causales en las que el aborto no será sancionado de uno hasta seis años de cárcel y que no sea “sea causado sólo por imprudencia de la mujer”, son en casos de violación, cuando la mujer corra peligro de muerte y cuando se deba a causas eugenésicas graves.

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