Por Gabriela Hernández
Funcionarios de la Junta para el Cuidado de Instituciones de Asistencia Privada de Puebla (JCIAP) habrían incurrido en falsedad de informes previos ante autoridad en un juicio que interpuso Margarita Jenkins de Landa para evitar su destitución como patrona de la Fundación de la Universidad de las Américas Puebla (UDLAP).
El 16 de junio, al dar por admitido el trámite de incidente por exceso o defecto en el cumplimiento de suspensión 34/2021-IV, el Juzgado Primero de Distrito en Materias Administrativa, Civil y de Trabajo en el Estado de Jalisco pidió dar cuenta al Ministerio Público Federal por la posible comisión de delitos en las que habrían incurrido los funcionarios poblanos.
El 20 de mayo, los abogados de Jenkins de Landa presentaron una queja por la violación a la suspensión definitiva que ese juzgado había otorgado a su representada desde el 11 de marzo, en la cual se ordenaba a la JCIAP de Puebla abstenerse de ejecutar cualquier orden de remoción de la entonces presidenta del patronato de la FUDLAP.
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Luego de que el Juzgado requirió a la autoridad poblana informes sobre el motivo de esa queja, la JCIAP envió el 25 de mayo un escrito en el que cual rechaza haber incumplido la suspensión definitiva otorgada a Jenkins de Landa para que no fuera removida.
Los abogados de la parte quejosa presentaron entonces copias de las actas de las sesiones extraordinarias séptima y octava realizadas el 28 de abril de 2021 por la JCIAP en las cuales esa autoridad dispuso remover a Jenkins de Landa como patrona de las Fundaciones Mary Street Jenkins (FMSJ) y Universidad de las Américas Puebla (FUDLAP), así como nombrar patronos provisionales en esos dos entes.
En el mismo, aclaran que obtuvieron copias de esas actas, que daban cuenta la falsedad del informe previo presentado por la JCIAP, así como la violación a la suspensión que gozaba Jenkins de Landa, a través de una solicitud que presentaron ante la Plataforma Nacional de Transparencia Puebla.
En el acuerdo contenido en el expediente 34/2021-IV, del 16 de junio, la juez Luz Elba de la Torre Orozco señala:
“En virtud de que la parte quejosa solicita que se denuncien los hechos a fin de que se puedan deslindar responsabilidades que atribuye al funcionarios de la Junta Para el Cuidado de las Instituciones de Asistencia Privada del Estado de Puebla, en términos de lo dispuesto por el artículo 262, fracción I, III y V de la Ley de Amparo, con copia certificada íntegra del presente expediente dese vista al Agente del Ministerio Público de la Federación, a fin de que esté en oportunidad de determinar si existe alguna actuación antijurídica que deba perseguirse”.
Además, pide al presidente de la Junta para el Cuidado de las Instituciones de Asistencia Privada del Estado de Puebla, Daniel Vázquez Millán, entregar en un plazo no mayor a tres días, copia certificada de las actas de esas sesiones en las que se habría nombrado nuevos patronos.
El 21 de junio, el juzgado dio por recibido un oficio firmado por el presidente de la JCIAP, a través del cual “manifiesta que es falso que haya violado la suspensión definitiva, toda vez que no ha ordenado la remoción de la parte quejosa”.
En cuanto a las copias certificadas que le fueron solicitadas, el órgano desconcentrado de la Secretaría de Gobernación de Puebla argumenta estar imposibilitado para remitirlas porque “son de carácter confidencial”.
Además, “manifiesta que las copias certificadas que anexó la parte quejosa, obtenidas a través del Instituto de Transparencia, no son fieles a las constancias originales”.
Tras insistir ante la Junta para que entregue esos documentos, el juzgado advierte que dará cuenta al Instituto de Transparencia a fin de “dilucidar el actuar de la parte quejosa o bien de la autoridad responsable, en relación a la veracidad de los documentos que se proporcionaron”.
Ante esta insistencia, Vázquez Millán anuncia que interpondrá un recurso de queja, luego arguye que la Junta celebró una sesión extraordinaria en la que se determinó clasificar los documentos que le pidieron, sin embargo, el juzgado otorga un plazo de 10 días para que la JCIAP remita esas actas con “datos de personas diversas a la quejosa suprimidos”.
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En un acuerdo publicado el 16 de julio, el Juzgado Primero de Distrito en Materias Administrativa, Civil y de Trabajo del Estado de Jalisco ordena reexpedir los oficios para volver a solicitar a la JCIAP las copias certificadas de las actas, al mismo tiempo que difiere la audiencia incidental a fin de resolver ese incidente para el 3 de agosto.
Al solicitar una respuesta a esto, Rodrigo Gurza Cárdenas, abogado del patronato de la FUDLAP nombrado por la JCIAP, se limitó a señalar que la información era falsa.
“Son una serie de actos y juicios, ellos intentan desinformar pero no tienen nada”, expresó.
Cabe señalar que la propia Junta ha informado a los medios de comunicación que fue el 28 de abril que sesionó para remover al patronato y nombrar a nuevos patronos encabezados por Horacio Magaña Martínez.
El juez 24 Civil de la Ciudad de México ordenó a un juzgado de Puebla dar posesión del campus a este nuevo patronato, con el apoyo de la policía estatal, el 29 de junio.
El Ciudadano / Agencia APRO
FOTO: fundacionjenkins.org