En noviembre de 2015 una patrulla de la Brigada Antinarcóticos de la PDI llegó hasta La Junta, una localidad ubicada en la región de Aysén. Habían recibido una denuncia anónima que acusaba a una vecina de cultivar plantas de marihuana. Cuando entraron a la casa de Daniela Santibáñez encontraron 45 ejemplares de estas. Hicieron el procedimiento de decomiso y de detención. No atendieron las explicaciones de la mujer, quien argumentó que la cannabis era para uso medicinal por un dolor que tenía en la espalda. Luego de meses con arresto domiciliario total, el Tribunal Oral en lo Penal de Coyhaique terminó por absolverla, argumentando que «ya se acreditó en el juicio que el cultivo estaba destinado a fines medicinales suyos».
Casos como este y muchos otros motivaron un recurso de amparo que interpuso este miércoles en la Corte de Apelaciones de San Miguel una organización que dispensa marihuana medicinal a pacientes con prescripción médica. Pertenecen a la Asociación de Usuarios de Plantas Medicinales Greenlife, uno de los cuatro club cannábicos presentes hoy en el país.
«Somos una agrupación con objetivos humanitarios constituidos como un conjunto de personas intachables y mayores de edad, quienes sufren una enfermedad cuyo tratamiento es la cannabis», explica Enrique Cáceres, presidente de Greenlife.
El recurso, argumentan desde la entidad, responde al sentimiento de inseguridad de miles de usuarios que temen que la policía no comprenda el objetivo humanitario y médico que tienen estas asociaciones de cultivos colectivos de marihuana terapéutica, quienes no solo están amparados a nivel medicinal, sino que también por la ley 20.000.
«Estamos ejerciendo un derecho protegido por la ley, por eso vamos a los tribunales, para que se reconozca», agregó.
El párrafo de la controvertida regulación que protege al uso medicinal de la cannabis se encuentra en el artículo 4º: «El que, sin la competente autorización posea, transporte, guarde o porte consigo pequeñas cantidades de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas (…) será castigado con presidio menor en sus grados medio a máximo y multa de diez a cuarenta unidades tributarias mensuales, a menos que justifique que están destinadas a la atención de un tratamiento médico o a su uso o consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo«.
Al respecto, el doctor Sergio Sánchez, de la fundación Latinoamérica Reforma y que prescribe cannabis para uso medicinal, comentó que «es notable que los pacientes se organicen y generen alternativas de procesos industriales, de alta calidad y bajo precio. Para seguir legislando es necesario considerar la existencia de estos clubes que están dando mejores respuesta que las actuales iniciativas».
Hoy se encuentran legalmente constituidos cuatro clubes cannábicos en Chile: Greenlife; Dispensario Nacional, Fasimc y Boci club Arica, quienes llevan implementando este modelo hace casi un año, con excelentes resultados, permitiendo el acceso seguro de la marihuana, con altos estándares de calidad, y alejando al usuario del mundo del narcotráfico.