El conflicto por el cobro de parquímetros en la comuna de Recoleta vive un nuevo capítulo, luego de la orden de no innovar emitida por la Corte de Apelaciones de Santiago. Para ambas partes, Municipalidad y Concesionaria Recoleta S.A., la resolución del tribunal de alzada tiene distintas implicancias.
En el programa Muy Buenos Días de TVN, el alcalde Daniel Jadue explicó su interpretación y sostuvo que una orden de no innovar significa que «nadie haga nada hasta que se resuelva el fondo».
«Acá el fondo ha sido resuelto en dos oportunidades a favor de la Municipalidad, en la tercera instancia está pendiente, pero la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades dice que la única instancia que puede otorgar o retirar concesiones es el Concejo Municipal de Recoleta, el que votó por amplia mayoría el término del contrato por incumplimientos graves».
En cambio, Marcela Achurra, abogada de la empresa concesionaria, piensa que la orden de la Corte implica que «la medida que decretó nula la resolución del alcalde y del concejo está sin efecto, por lo tanto, el contrato está vivo». A partir de este razonamiento, la empresa aspira retomar los cobros a partir de este viernes 14 de julio.
En conversación con El Ciudadano, Hernán Calderón, presidente de la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios (Conadecus), afirma que la orden de no innovar «acoge lo que hoy está vigente y, por lo tanto, no se puede cobrar, porque dejó las cosas en el mismo estado como estaban hasta ahora».
«La Corte no ha dictado un fallo en contra de lo que acogió por parte del municipio. En consecuencia, la empresa no puede estar cobrando», explica.
Llamado a no pagar
En el matinal del canal público, Jadue reiteró el llamado a los usuarios a no pagar en caso de que los operarios de Concesionaria Recoleta S.A. se acerquen a efectuar el cobro. «Los que vengan a la comuna, pueden hacerlo tranquilos. No están obligados a pagar, porque no hay ningún contrato y la comuna de Recoleta no tiene concesión vigente», dijo.
Y añadió: «Pueden quedar muchos recursos, pero acá hay algo que es efectivo y que la concesionaria lo ha asumido en tres oportunidades sucesivas: no existe contrato vigente, por lo tanto, no hay nada que habilite un pago».
Calderón está «completamente de acuerdo» con las declaraciones del edil recoletano. A su juicio, «no debieran licitarse ni otorgarse derechos sobre bienes nacionales de uso público, porque las calles son para que transiten los vehículos y simplemente si hay lugares para estacionarse, debieran ser absolutamente gratuitos».
A esto agrega que «el enriquecimiento es solamente para el concesionario. Las municipalidades reciben montos miserables, que ni siquiera sirven para entregar beneficios sociales o algo por el estilo».
¿Consecuencias para los usuarios?
Por otro lado, la abogada Marcela Achurra advirtió en Muy Buenos Días que si las personas se niegan a pagar, la empresa podría acudir a tribunales para conseguir que los conductores sean multados.
«Tenemos a través de las máquinas de cobro los datos y veremos, en su momento, cuando se resuelva este tema, qué haremos con las personas (…) Nosotros podríamos solicitar, a través de tribunales, el cobro de esas multas», aseveró la representante de Concesiones Recoleta S.A.
Sin embargo, Hernán Calderón sostiene que «no pueden obligar al usuario a que pague, porque la empresa concesionaria no tiene la atribución de cobrar en este momento, por lo tanto, los usuarios no debieran pagar cuando llegue la persona que está a cargo del sector».
Según expuso el presidente de Conadecus, una notificación por negarse a pagar el estacionamiento se realizaría por medio del juzgado de policía local.
«Yo creo que es improcedente que se le dé a la empresa la razón en los juzgados de policía local, sabiendo la situación judicial en que está, donde el municipio está pidiendo la anulación de la concesión por incumplimiento. La empresa incumplió el contrato de concesión, no construyó ni hizo los adelantos que prometió cuando se le adjudicó la concesión. En consecuencia, la municipalidad tiene todo el derecho de anular el contrato por incumplimiento», sentenció.
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