Una grave denuncia realizó la presidenta de la Federación de Estudiantes de la Universidad Arcis (Feuarcis), Sandra Beltrami. En conversación con El Ciudadano, la dirigenta afirmó que una veintena de estudiantes está tratando de instalar una federación paralela en la casa de estudios y que la operación tendría origen en el administrador provisional de la Arcis, Patricio Velasco, con el fin de «dividir a la organización estudiantil».
«Un grupo de estudiantes está tratando de hacer una federación con carácter paralelo, haciendo un llamado a la sedición. Nosotros los llamamos a participar en el proceso electoral que se viene en los próximos meses. Hay un Tricel y tenemos estatutos reconocidos por la Confech. No vamos a permitir que se nos realice un golpe. Presenten su programa y su lista y si creen que tienen un apoyo mayoritario, que nos ganen en las elecciones, porque eso es lo que corresponde», señaló a este medio.
«Esto ocurre cuando pedimos la remoción del cargo del administrador provisional, porque él cumple todas las causales para su remoción. Si no se ha hecho, ha sido solo porque el Mineduc no ha querido», añadió Beltrami.
Miradas puestas sobre el centro de estudiantes de Derecho
Las acusaciones de la presidenta de la Feuarcis apuntan al nuevo centro de estudiantes de Derecho, agrupación sobre la cual denuncia que «se constituyó en vacaciones, sin un llamado público, tampoco hay listas de candidatos, ni elecciones con urnas, ni estatutos».
«Simplemente hay una reunión de 20 personas en la que se elige a cinco personas como una directiva. Esto es un proceso de facto, porque se hizo en marzo y nuestras clases comenzaron el 5 de abril, entonces, eso provoca que el resto de la gente no pueda participar», agregó la dirigenta.
Una nota publicada en el sitio web de radio Bío Bío explicita la confrontación. Con el título de «Estudiantes de derecho de U. Arcis se desligan de representación de Federación», el artículo señala que el nuevo centro de estudiantes le quita toda representatividad a la presidenta de la federación, Sandra Beltrami.
La dirigenta aludida sustenta sus acusaciones en un nuevo reglamento sobre el funcionamiento del centro de estudiantes, difundido vía correo electrónico el pasado 31 de marzo. Según explica Beltrami, aquel reglamento no fue refrendado por el estudiantado. «Debería ser aprobado en las urnas, sin embargo, lo mandan por correo electrónico, notificando que ellos lo habían hecho y que estaba aprobado», complementa.
Ese 31 de marzo, el naciente centro de estudiantes enviaba el marco general de la propuesta de negociación entre la representación estudiantil de Derecho y las distintas autoridades. Además, en el mismo correo electrónico se adjuntaba «el nuevo reglamento que nos regirá, a este nuevo centro de estudiantes».
«Aquellos estudiantes que no se sientas [sic] de acuerdo con el nuevo centro de estudiantes, les solicitamos que se manifiesten por este medio, para excluirlos de todos los acuerdos que se logren en el proceso de negociación, y también para no hacerles llegar ningún tipo de información de nuestras actividades, esto con el objetivo de no pasar a llegar a ningún estudiante», se lee en la comunicación que reconoce los cuestionamientos al nuevo centro de estudiantes.
La controversia ha sido abordada incluso por la Confederación de Estudiantes de Chile (Confech), agrupación que el 6 de mayo se refirió al centro de estudiantes de Derecho. «Hacemos un llamado a sus estudiantes a constituir un Centro de Estudiantes que no sea designado entre cuatro paredes como el que existe actualmente, sino que cumpliendo con las normas mínimas de democracia interna. Esto se hace más grave aun cuando en sus declaraciones este centro de estudiantes de facto ha apoyado al Administrador Provisional, quién ha sido el causante de la quiebra de la Universidad ARCIS por no comparecer con representación de un abogado al juicio de quiebra correspondiente abandonando a la comunidad, sin defender los intereses de la Universidad y su comunidad», señaló la Confech.
Un nombramiento cuestionado
Pero en derecho no solo se han generado cuestionamientos al centro de estudiantes, sino que también al nombramiento del abogado Jorge Morales Cortés como nuevo director de carrera, realizado por el administrador provisional Patricio Velasco, mediante el decreto Nº 2003/01/2017.
El conflicto radica en que la designación hecha por Velasco provocó que coexistieran dos directores de derecho, porque además de Morales, también estaba Juan Andrés Arenas, quien había sido contratado por el liquidador de la casa de estudios, Cristián Herrera Rahilly. La situación es explicada por el vicerrector académico de la Arcis, Eduardo Novas Montero, en la comisión investigadora de la Cámara de Diputados.
«Tengo a un director de derecho por la continuidad de giro y tengo un director de derecho nombrado por el administrador provisional. ¿Por qué el administrador no hizo lo mismo con el resto de las carreras? ¿Por qué un especial interés solo en la carrera de derecho?», se preguntó el vicerrector en la sesión del jueves 11 de mayo.
En la instancia, Novas denunció: «Él [Velasco] habla de ciertas competencias del profesor Morales, que yo no conozco, por lo tanto, no tengo por qué dudar de sus competencias, pero Patricio nunca ha tenido conocimiento de las competencias ni desempeño de los profesores de la universidad. Por lo tanto, no son cualidades que han nacido de él, sino de intereses de terceros por tener a otro director en la escuela de derecho».
La controversia también ha quedado en evidencia en las comunicaciones emanadas desde el propio director. El 2 de mayo, Morales envió un correo electrónico refiriéndose a la suspensión de los exámenes. «Es necesario indicar que la única información oficial es aquella que emana de la Dirección de la Escuela legítimamente constituida», escribió en el mensaje a los estudiantes.
Según describe Sandra Beltrami, presidenta de la Feuarcis, el grupo de estudiantes que conforma el nuevo centro de estudiantes de la carrera, «está defendiendo los intereses del administrador provisional. Había un director de la carrera de derecho y el AP nombró a otro director y allí apareció este centro de estudiantes de facto, defendiendo esa decisión».
La dirigenta argumenta sus dichos con base a un comunicado del 3 de mayo, en el cual el centro de estudiantes informa que se reunió con el vicerrector académico y con la abogada de la División de Educación Superior del Mineduc. En el mismo mensaje, niegan que Juan Andrés Arenas esté facultado para ejercer como director de derecho.
«Reiteramos que el profesor Juan Andrés Arenas carece de facultades para realizar actos administrativos, técnicos y académicos como Director de la escuela de derecho; además es importante señalar que los actos realizados en su gestión serán regularizados a solicitud del centro de estudiantes», sostiene el comunicado.
«Señalamos enfáticamente que no podemos mantener el actual escenario de duplicidad de Directores, hecho planteado tanto al Liquidador, don Cristian Herrera y al Administrador Provisional, don Patricio Velasco y estamos trabajando de manera conjunta para resolver dicho conflicto con la mayor celeridad dentro de las posibilidades que se nos presentan, sin embargo es importante establecer que nuevamente el MINEDUC y su representante ha manifestado que el nombramiento de don Jorge Morales es legítimo y realizado por quien tiene las potestades para decretarlo de acuerdo a la Ley Nº 20.800», añade el documento.
El liquidador y el administrador
El conflicto por la dirección de derecho revela un complejo cuadro de disputa entre las atribuciones del administrador provisional, Patricio Velasco, y el liquidador de la U. Arcis, Cristian Herrera. Así lo explica Sandra Beltrami: «Cuando llegó el liquidador, por ley tuvo que despedir a todos los funcionarios, después se hacen recontrataciones. De hecho, el liquidador no recontrató al administrador provisional, porque dijo que no era necesario».
En la sesión de la comisión investigadora de la Arcis del 11 de mayo, el liquidador Cristian Herrera se refirió a esta disputa. «Yo personalmente pienso de que, con ocasión de la sentencia de liquidación, el administrador provisional cesa de su cargo por ese solo hecho. Si uno lee el artículo 21, cuando se refiere al administrador provisional y al administrador de cierre, habla del veedor o del liquidador, respectivamente, y por consiguiente, yo interpreto eso de que puede convivir un liquidador con un administrador de cierre, pero no puede convivir un administrador provisional con un liquidador; él puede convivir con un veedor», dijo.
Herrera continuó su exposición señalando que la gestión de Velasco «termina con la sepultación civil de la universidad, o sea con la sentencia de liquidación. Entonces, el cargo o el mandato que le hace la autoridad, no fue exitoso. Y tan poco exitoso fue, que terminó en liquidación».
En concreto, el artículo 21 de la ley 20.800 señala que «las facultades del administrador provisional o del administrador de cierre, nombrados a causa de una resolución de reorganización o de liquidación, según corresponda, prevalecerán sobre las del liquidador o veedor, según sea el caso, únicamente respecto a los bienes muebles e inmuebles esenciales para asegurar la continuidad de estudios de los y las estudiantes».
Ante la comisión investigadora, Herrera interpretó el artículo 21 de la siguiente forma: «Si una empresa se acoge a un procedimiento de reorganización y, en este caso, se trata de una casa de estudios, que tiene que garantizar un derecho y un servicio educacional, la figura del administrador provisional es concordante y coincidente con la del veedor, porque lo que ellos hacen es reordenar y producir el salvataje, o sea, evitan las quiebras y liquidaciones. Por consiguiente, la lógica es que si los esfuerzos de uno y otro se orientan hacia un mismo norte, pueden convivir».
«Eso no pasa en la liquidación, porque los intereses son contrapuestos, porque el otro no tiene nada que salvatar, ningún plan de salvataje, porque ya hay una sentencia de liquidación. Entonces, su figura es innecesaria en la liquidación y por eso es que la ley habla de un administrador definitivo o de cierre. Y cuando venga esa persona que tenga que cerrar, yo tengo que convivir con él», explicó Herrera.
La justicia también se ha pronunciando sobre la materia. El pasado 7 de abril, el 4º Juzgado Civil de Santiago rechazó una solicitud respecto a que el administrador provisional tiene facultades que prevalecen sobre las del liquidador, en lo que atañe a los bienes que han sido objeto del plan de administración provisional presentado al Mineduc por el AP.