Luego de conmemorarse el Día Internacional de los Pueblos Indígenas (el 9 de agosto), el Observatorio Ciudadano reitera su preocupación ante el incumplimiento de los plazos concedidos por el Comité de Derechos Humanos de la ONU al Estado chileno, para que contestara a su informe de constataciones y recomendaciones sobre la situación de los derechos de los pueblos indígenas en el país. El documento, dado a conocer en marzo de 2007, emana del examen al Quinto Informe Periódico de Chile sobre cumplimiento de derechos y garantías consagrados en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos al interior del país.
En su informe del Comité señala que es “la definición amplia de terrorismo comprendida en la Ley Antiterrorista 18.314, lo que ha permitido que miembros de la comunidad Mapuche hayan sido acusados de terrorismo por actos de protesta o demanda social, relacionados con la defensa de los derechos sobre sus tierras”. Se observa además que “las garantías procesales…se ven limitadas bajo la aplicación de esta ley (art.2, 14, 27 del Pacto)”, Agregó que “tal definición debe limitarse a crímenes que ameriten ser equiparados a las consecuencias graves asociadas con el terrorismo y asegurar que las garantías procesales establecidas en el Pacto sean respectadas”.
También concitó la preocupación del Comité el que “…las reivindicaciones de los pueblos indígenas, principalmente del pueblo Mapuche, no han sido atendidas y la lentitud de la demarcación de las tierras indígenas, lo que ha provocado tensiones sociales”. Lamentó, a su vez, “la información de que las ‘tierras antiguas continúan en el peligro debido a la expansión forestal y megaproyectos de infraestructura y energía”, llamando a “agilizar los trámites con el fin de que queden reconocidas tales tierras ancestrales”. Ante lo cual propuso “…consultar con las comunidades indígenas antes de conceder licencias para la explotación económica de las tierras objeto de controversia y garantizar que en ningún caso la explotación de que se trate atente contra los derechos reconocidos en el Pacto.”
El documento destaca otros aspectos cuestionables, como la “persistencia de la jurisdicción de los tribunales militares chilenos para procesar a civiles por cuestiones civiles, que no es compatible con el artículo 14 del Pacto”, y plantea la necesidad de modificar tanto la ley antiterrorista como las leyes sectoriales que contravengan los derechos consagrados en este tratado internacional de derechos humanos.
El Observatorio Ciudadano en marzo de este año, al cumplirse el plazo otorgado por el Comité para entregar su información sobre el cumplimiento de las recomendaciones formuladas, en particular al derecho de los pueblos indígenas a ser consultados frente a proyectos de inversión que les afecten, demostró con diversos ejemplos que la realidad evidencia un severo impacto sobre sus territorios, siendo común la ausencia de consulta. Y que si bien el Estado no está invocando la ley antiterrorista contra comuneros mapuche en demanda de tierras ancestrales, estos son ahora perseguidos por delitos comunes (amenazas, abigeatos, entre otros) que tienen efectos similares en el desarrollo de estas comunidades.