Lucha social y desafíos ante reforma parcial que traspasó delitos de Carabineros contra civiles a justicia ordinaria

La promulgación de la ley que tipificó el delito de tortura y dejó fuera de los tribunales militares aquellos casos donde civiles eran víctimas de Carabineros (fin parcial de la Justicia Militar), es fruto de una larga lucha que por años fue dada por organizaciones sociales, políticas y de derechos humanos.

Lucha social y desafíos ante reforma parcial que traspasó delitos de Carabineros contra civiles a justicia ordinaria

Autor: Matías Rojas

Foto 1 Marcha

La exigencia del FIN a la JUSTICIA MILITAR entendida, en lo principal, como el hecho de que los delitos cometidos por Carabineros o por fuerzas armadas, en Democracia, sean juzgados por la Justicia Ordinaria y NO por la Justicia Militar, constituye un tema que diversos actores públicos (académicos, organizaciones de DDHH) fueron evidenciando luego del retorno de la Democracia en 1990 (ya que se trata de una Herencia Dictatorial).

No obstante, es a partir del año 2011; desde el asesinato de MANUEL GUTIERREZ cuando se inicia toda una progresiva y persistente lucha social por el Fin de la Justicia Militar, es decir, que los delitos de Carabineros contra civiles cometidos en Actos de Servicio sean juzgados en tribunales ordinarios y, más ampliamente visto, la necesidad de Derogar la justicia militar (los tribunales militares) en tiempos de paz, ya que no se justifican en un estado de derecho democrático. Lucha que fue tomando fuerza en el transcurrir de los últimos cinco años.

Cabe recordar que Manuel fue abatido por un disparo perpetrado por el ex Sargento Miguel Millacura, el cual el uso de un arma de guerra (Sub Ametralladora Uzi) provocando la muerte de Manuel Gutiérrez en el marco de las protestas de 25 de Agosto del Año 2011. (en un álgido momento del movimiento estudiantil y social).

Es así como, a fines del año 2011 se forma el Comité por la Justicia Manuel Gutiérrez Integrado por vecinos de Villa Jaime Eyzaguirre cercanos a la familia de Manuel Gutiérrez (como Rosa Carrillo, líder comunitaria del sector) y familiares directos de Manuel, principalmente su hermano Gerson Gutiérrez, quien desplego enormes esfuerzos ya que debe desplazarse en silla de ruedas de modo permanente.

Foto 2 Gerson Gutierrez

También su hermana Jaqueline Gutiérrez participo del Comité, el cual estuvo integrado, además, por participantes de colectivos y organizaciones estudiantiles de la tendencia que en los años 2011-2012 constituían la corriente Luchar en la Universidad de Chile y otras Universidades, de los cuales hoy, muchos de ellas y ellos, integran la Unión Nacional Estudiantil (UNE) e Izquierda Libertaria.

De igual modo, durante todos estos años, permanentemente ha estado presente activamente la Agrupación Combativa Revolucionaria (ACR).

Ahora; más allá de quienes integraban en sí mismo el Comité también se trabajó en Redes de apoyo social, destacando el trabajo realizado “codo a codo” con la organización Londres 38 – Espacio de Memorias quienes dieron una fuerte colaboración con una potente Campaña consistente en reproducción de miles de Afiches aludiendo al fin de la justicia militar, en el marco del caso de Manuel Gutiérrez, pero sin olvidar la reivindicación de otros casos de Violencia Policial, como el secuestro permanente (Desaparición) de JOSE HUENANTE, acontecida hace más de 10 años en la ciudad de Puerto Mont. Al respecto, cabe aludir también a la formación de la Agrupación por la Justicia de José Huenante en el Sur del País, con la cual también se establecen coordinaciones; promoviendo esta organización también el Fin de la Justicia Militar, territorialmente.

Foto 3 Jose Huenante

En la Campaña comunicacional y visual desplegada, cabe destacar las gigantografías de alto impacto público desplegados en lugares céntricos de la ciudad. Por su parte también destacamos las coordinaciones establecidas con Amnistía Internacional Chile; quienes, en el año 2013 y luego, durante el año 2016; emprendieron campañas de firmas ciudadanas en función del exigir a las autoridades el fin de la justicia militar. Esta articulación de Redes se expresó también en el desarrollo de Actos Culturales en el espacio público, con fines de Difusión y Sensibilización.

Foto 4 Gigantografias en Iglesia San Francisco

El comité destaca como una organización autogestionada, que realizó acciones en diferentes ámbitos. Una de ellas fue directamente hacia el movimiento social, de modo que se fuera instalando la reivindicación e importancia de exigir el  fin a la justicia militar, lo cual no fue una tarea sencilla; ya que se interpretaba, por momentos, como una demanda de carácter institucionalista y parlamentarista.

No obstante, finalmente, diferentes organizaciones sociales y el movimiento social ampliamente visto;  fue tomando el tema y comprendiendo su relevancia.

Por otra parte, “de cara al movimiento social”, también se estableció un trabajo de vinculación con PARLAMENTARIOS (Lobby político), para efectos de presentaciones de proyectos de ley que buscarán el fin de la justicia militar o para la promoción de proyectos de ley presentados o ya existentes.

Cabe destacar que hacia fines del año 2011, el diputado Hugo Gutiérrez presentó un proyecto, a nombre de todas las víctimas de violencia policial pero, en especial, por el caso de Manuel. Dicho proyecto planteaba que los delitos de carabineros cometidos en acto de servicio deberían ser visto por la justicia ordinaria.

Luego el año 2012, la senadora Soledad Alvear presentó un proyecto en donde planteaba una modificación al Código de Justicia Militar, que excluyera, en todos los casos, a civiles y menores de edad, ya sea como imputados o como Víctimas, de la competencia de la justicia militar. Cabe precisar que cuando la senadora presentó públicamente dicho proyecto, lo hizo en referencia y en relación con el caso de Manuel Gutiérrez, aludiendo también a una sanción ejemplar que era lo necesario para el autor de este crimen, el Ex Sargento Miguel Millacura.

También se sostuvieron vínculos con la bancada de diputados del Partido por la Democracia; en dónde estos plantean, específicamente, el Diputado Felipe Harboe, que más que excluir un delito otro de la justicia militar en tiempos de paz, lo que correspondía era Derogar totalmente la Justicia Militar. Felipe Harboe, en este marco, junto a otros parlamentarios, presenta este proyecto de ley en el año 2013.

Foto 5 Conferencia de Prensa Parlamentarios

Por tratarse, los dos primeros, de proyectos de ley asociados a las Comisiones de Constitución y Justicia y, el tercero a la Comisión de Defensa Nacional; implicando todos ellos cambios en el sistema de Justicia; fue necesario Oficiar a la Corte Suprema; la cual se manifestó favorablemente, especialmente en relación con el segundo y tercer proyecto de ley antes enunciado.

Es en este marco de la CORTE SUPREMA sienta una jurisprudencia desde el año 2013, recomendando que cuando se trate de delitos de Carabineros y víctimas civiles, éstos fueran investigados en tribunales ordinarios. De hecho se experimenta una etapa de transición, en donde algunos casos quedaban en justicia ordinaria y otra eran traspasados justicia militar.

Por ejemplo, en el año 2014, el asesinato del joven LUCIANO VILLANUEVA en Parral queda en justicia ordinaria, siendo formalizado el Carabinero autor por HOMICIDIO SIMPLE. No obstante, en marzo del año 2015, es asesinado el joven JAIME SOTO en población Lo Hermita (Lo Barnechea), cuyo caso es traspasado a la justicia militar. Por tanto, se opera, en este periodo de transición, con arbitrariedad, en donde la fórmula que emplearon diversos abogados de Derechos Humanos fue la presentación de Querellas, principalmente en aquellos en donde habían ocurrido apremios ilegítimos y/o exceso de violencia de la policía hacia las personas, en contextos de manifestación; de manera de que los casos quedaran en justicia ordinaria..

Foto 6 Conferencia de Prensa Hermana de Jaime Soto con M FonsecaFoto 7 Madre de Luciano Villanueva

Entonces; durante todo el período en cuestión (2011 al año 2016) se mantuvo una permanente movilización social ,participando el Comité de las diversas actividades ya sean realizadas estas por el movimiento estudiantil y realizando también actos y actividades de difusión social, en pro del fin de la justicia militar. En gran parte de dichas acciones participó Gerson Gutiérrez, hermano de Manuel quién se desplaza en silla de ruedas y dejó, prácticamente, “las ruedas en la calle” por esta causa.

En más de una oportunidad se interpelo al ex presidente, Sebastián Piñera, por medio de cartas sin respuesta, ya que a pesar de existir proyectos de ley para el Fin de la Justicia Militar; se requería del patrocinio presidencial para agendar su debate y votación parlamentaria. Cabe precisar que los proyectos de ley en cuestión requerían de quorum calificado no contándose con los votos necesarios para poder aprobar el fin a la justicia militar en el parlamento anterior (2010-2014); siendo necesario un cambio de parlamento, con una nueva correlación de fuerzas.

Foto 8 Acto por el Fin a la Justicia Militar

En el contexto de las elecciones presidenciales de 2013 se interpretó a la totalidad de los candidatos presidenciales, de los cuales, al menos dos, explícitamente indicaron dentro de sus programas la incorporación del fin de la justicia militar.

Ya una vez habiendo asumido el nuevo gobierno, resulta crucial la participación del Comité por la Justicia Manuel Gutiérrez en el primer Pleno  Nacional de la CONFECH realizado en el mes de abril de 2014 en la Facultad de Medicina de la Universidad de Chile; pleno en donde, en términos trasversales, los representantes de distintas Federaciones estudiantiles “se suman a la causa”, generando una respuesta casi inmediata del ex Ministro de Defensa, Jorge Burgos, el cual  anuncia, oficialmente, que el actual gobierno tenía dentro de sus proyectos el Derogar el actual Código de Justicia militar y redactar otro, acotado a delitos militares.

De igual modo, se cita a audiencia al Comité desde la división jurídica del Ministerio del interior, corroborando la misma información. También Gerson Gutiérrez inicia, en tanto integrante del Comité; una petición Change, llegando a reunir más de 10.000 firmas, en primera instancia.

El 21 de Mayo de 2015; para sorpresa de diversas organizaciones y acores sociales vinculados a los Derechos Humanos; la Presidenta de la Republica anuncia que se Tipificará el Delito de Tortura dentro del Código Penal. Pese a lo relevante del anuncio, como organización, siempre supimos que aquella tipificación representaría “letra muerta” si no se ponía Fin a la Justicia Militar; ya que las acusaciones de apremios ilegítimos (torturas) involucran principalmente a funcionarios de Carabineros, a quienes no se les aplicaba el Código Penal, sino que el Código de Justicia Militar.

En dicho periodo anual (2015), sin embargo; es por todos sabido que la agenda pública “se desvía”, dado los escándalos de corrupción, pese a lo cual se mantiene, igual modo, la demanda por el fin de Justicia militar, en manifestaciones y movilizaciones. En los años 2015-2016 se implementan acciones como Conferencias de Prensa, Cartas a la Presidencia y Ministerios de Defensa e Interior, Audiencia sostenida con la Subsecretaria de las Fuerzas Armadas; etc. Todo esto último, luego que, hacia inicios de 2016, el Comité ampliara su espectro de acción, dando paso a la formación de la Agrupación de Víctimas de Violencia Policial.

Foto 9 Agrupacion de Victimas y otros Actores Conferencia

Tareas pendientes: Reforma Policial, Correcta aplicación del Código Penal y Observación Ciudadana

El 11 de Noviembre de 2016, la Presidenta de la Republica promulga la Ley que tipifica el Delito de Tortura en el Código Penal y, para sorpresa de todos, de modo de hacer posible la aplicabilidad de dicha ley; se modifica el Artículo 1 de la ley 20.477; por tanto, al haber víctimas civiles y victimarios Carabineros o Militares; estos casos debieran ser vistos siempre en Justicia Ordinaria.

La sorpresa radica en que; desde el año 2014, lo que venía anunciando el Gobierno, no era la reforma parcial del Código de Justicia Militar; sino que su total Derogación, para ser reemplazado por otro acotado a delitos estrictamente militares.

En dicho marco; desde la orientación que nos fuera dada por los abogados cercanos a la Agrupación: Cristian Cruz (Caso Caravana de la Muerte) y Washington Lizana (Caso Bombas), optamos por revisar la norma completa y, sobre todo, ver su modo de aplicabilidad en casos concretos.

Es así como, por ejemplo; el caso del joven mapuche Brandon Hernández Huentecol (Diciembre de 2016) víctima de los disparos de más de 100 perdigones perpetrados por un funcionario Policial; queda “en manos” de la Justicia Ordinaria (la cual es considerada competente para llevar a cabo la investigación); aunque con una aplicación cuestionable del Código Penal; ya que no se cataloga el Delito como Homicidio Frustrado, sino que como Lesiones graves. Y, de igual modo, otros casos de violencia policial acontecidos en los últimos meses, han ido quedando todos en Justicia Ordinaria; como el caso reciente de la mujer que, en el proceso de detención en el cuartel policial, fue víctima de violación por parte de un funcionario.

En este marco; es necesario contar con mecanismos de alta observación ciudadana, en pro de aplicación del Código Penal a funcionarios policiales o de las fuerzas armadas; proporcionales a los delitos cometidos y en igualdad de condiciones respecto del como se aplica dicho Código a la población civil; es decir: igualdad ante la ley.

Por otra parte; una de las principales discusiones que se ha dado respecto a la temática de violencia policial y su vinculación con las políticas de seguridad pública, tiene que ver con la eventual necesidad de revisar y modificar los Protocolos de actuación de la policía en el control de manifestaciones y del orden público.

Como organización; no nos queda tan claro que sea el eje medular a revisar en pro de abordar la raíz de la violencia policial; ya que, en general, los protocolos de actuación de Carabineros señalan que se debe actuar paulatinamente, de acuerdo a la gravedad de la situación, transitando de mecanismos sencillos para protestas de baja complejidad (uso regulado de carros lanza aguas y de gases disuasivos); dejando el uso de las armas de fuego para situaciones complejas, como por ejemplo si está en riesgo la vida del funcionario policial, como mecanismo autodefensa en situaciones de enfrentamiento armado en control de narcotráfico y/o cuando también la población civil con la que se enfrentan porta armas de fuego. Todo lo anterior, según como esta protocolizado en los Instructivos de accionar policial.

Como ejemplo de ello; podemos aludir a los Alegatos dados en la Corte Suprema a partir del Recurso de Casación presentado por el caso de Manuel Gutiérrez, solicitando el aumento de la condena, rebajada a solo 400 días de firma mensual en libertad, por la Corte Marcial.

Foto 10 Acto - Marcha Dia de las Victimas de Violencia Policial

En aquella oportunidad, el propio Ministerio del Interior, como parte querellante, aludió a que el ex agente Miguel Millacura, la noche 25 agosto del año 2011, había actuado fuera de los protocolos que están establecidos, ya que se utiliza un arma de guerra, no contando con la autorización para ello y, además, se dispara hacia la población civil en un sector altamente habitado; considerando no solo a la población que estaba manifestándose, sino que la que estaba observando y a aquella que se encontraba dentro de sus viviendas.

En este marco; de acuerdo a lo que hemos analizado como organización, más que un tema de protocolización del actuar de Carabineros, se trata de un tema ideológico; es decir, reconocer que Carabineros durante más de 30 años fueron parte de las fuerzas armadas y, por tanto, formados bajo instrucción e identidad militar.

La recomendación, desde bibliografía especializada (como La Revista Latinoamericana de Seguridad Ciudadana), es diferenciar el rol de las policías del rol de las fuerzas armadas. Las primeras abocadas a la Protección Ciudadana de la población civil y, las segundas, abocadas a la defensa del país, en contextos bélicos, independientemente de que, en reiteradas ocasiones, las fuerzas armadas presten servicios en situaciones internas, como catástrofes y otras; de igual modo se concluye que no es favorable la militarización de la Seguridad Ciudadana. Lo anterior, tomando en cuenta que dentro del destacamento policial existe una diversidad en donde se podría visualizar a fuerzas especiales como una policía militarizada que operaria con la lógica del “enemigo interno” por sobre la lógica del ciudadano, lo cual está también presente, “ideológicamente” en otros destacamentos policiales; siendo necesaria una Reforma de la Militarización hacia la Democratización de las Fuerzas de orden y seguridad. (Éticamente hablando).

Por Miguel Fonseca Carrillo y Jacqueline Gutiérrez (hermana de Manuel Gutiérrez)

Agrupación de Víctimas de Violencia Policial


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