Tapihue
El propio Estado chileno suscribió un tratado con la Nación Mapuche. Este fue el parlamento de Tapihue el 1 de enero de 1825 que, desde el punto de vista jurisdiccional, tiene como aspecto más importante, cierto reconocimiento a la autonomía mapuche por parte del Estado. El artículo 18, señala: “Los gobernadores ó Caciques desde la ratificación de estos tratados no permitirán que ningún chileno exista en los terrenos de su dominio por convenir así al mejor establecimiento de la paz y unión, Seguridad general y particular de estos nuevos hermanos.” Es decir, se reafirmaba la separación entre ambas sociedades como garantía de la paz en el mundo fronterizo, correspondiendo la presencia de cualquier chileno en territorio Mapuche, un acto claramente ilegal.
Este tratado, ratificado a fines del mismo año en el parlamento de Los Angeles, fue violado por el Estado chileno en el periodo de la Ocupación de la Araucanía. Actualmente es omitido en la historia “oficial” de Chile porque entrega una sólida argumentación jurídico-histórica a los liderazgos mapuche, para exigir la reparación de la deuda histórica contraída por el Estado chileno.
Tierras antiguas y Tierras Fiscales
Se ha señalado, que dichos acuerdos por el Estado chileno, habrían sido abolidas por la aplicación de la Ley del 4 de diciembre de 1866, ante el traspasado de las tierras Mapuche antiguas al “Fisco”. Sin embargo, es importante señalar, que autores Mapuche como Toledo Llancaqueo, han sostenido que dicha interpretación no tiene fundamentos, ya que el Estado nunca declaró fiscales las tierras al sur del Bio Bio. Más aun, la legislación reconocía los derechos de propiedad de los mapuche sobre sus posesiones, anteriores a la propia acción del Estado.
Atendiendo esto, lo que habría ocurrido es que agentes estatales dispusieron de las tierras como si fuesen fiscales, en actos nulos de Derecho público de acuerdo a la propia legislación chilena. Las reclamaciones por las posesiones no reconocidas –las tierras antiguas- persiste hasta nuestros días y que fue considerado en las recientes Conclusiones y Recomendaciones del Comité de Derechos Humanos (CDH) de las Naciones Unidas.