Luego que el pasado 6 de abril la derecha viera frustrada en el Congreso su idea de terminar con las últimas atribuciones de la organización sindical –llevada a su mínima expresión por la dictadura–, ayer el Tribunal Constitucional acogió su principal aspiración al declarar por seis votos contra cuatro que la titularidad sindical, es decir, el reconocimiento del sindicato como sujeto único de derecho en la negociación colectiva, es inconstitucional. Con ello se permite que los grupos negociadores reemplacen a los sindicatos.
Un segundo aspecto que acogió de manera parcial el TC fue la extensión de beneficios a los trabajadores que no pertenecen al sindicato. Los parlamentarios de Chile Vamos habían recurrido al TC contra otros dos aspectos de la Reforma Laboral: negociación interempresa y derecho a la información.
En relación a la negociación interempresa el tribunal rechazó la solicitud de inconstitucionalidad, lo mismo que respecto al acceso a la información. En el caso de la información de remuneraciones, se rechazó la petición de inconstitucionalidad, en empate de votos, respecto de la planilla de los trabajadores involucrados en la negociación y por ocho votos respecto a las otras informaciones.
Cabe recordar que, dada su especial autonomía, los fallos del Tribunal Constitucional son inapelables. Ello obligaría al Gobierno a promulgar la Reforma Laboral sin el punto sobre titularidad sindical. La otra alternativa que tiene el Ejecutivo es el veto presidencial. “Como gobierno no descartamos ninguna alternativa contemplada en nuestro ordenamiento jurídico», dijo el vocero Marcelo Díaz.
En tanto, esta mañana la ministra del Trabajo, Ximena Rincón sostuvo que con la decisión del TC “se echa abajo por parte de la mayoría del tribunal la norma de titularidad, vale decir, que son los sindicatos los que representan a los trabajadores en la organización colectiva de ellos para la defensa de sus derechos colectivos”.
Rincón explicó a Tele13 que para el Gobierno “es la organización permanente de los trabajadores (el sindicato) la que negocia colectivamente con las reglas del derecho laboral, del derecho a huelga; la trilogía sindicato, negociación colectiva, huelga. Eso es lo que se echa abajo (con el fallo del TC)”.
La titular del Trabajo comentó que con esta medida “da lo mismo cómo se estructuren los trabajadores, si son transitorios, si tienen permanencia o no la tienen, y eso nos parece que es grave; en ninguna parte del mundo existe algo así”.
Respecto al ‘grupo negociador’ que según el Tribunal Constitucional puede ocupar el lugar del sindicato, la secretaria de Estado relativizó su eficacia. Dijo que tras los acuerdos alcanzados al amparo de esta instancia no hay modo de hacerlos cumplir porque “no hay nadie que los represente, los dirigentes no tienen fuero para hacer valer las exigencias”.
Para concluir, Ximena Rincón manifestó que el único objetivo de los grupos negociadores es debilitar a los sindicatos. En la ocasión, la ministra del Trabajo calificó de “aborto legislativo” la decisión del TC de echar abajo el proyecto del Ejecutivo, al darle cabida al requerimiento de la oposición.