El fiscal Metropolitano Manuel Guerra envió un oficio al presidente del Senado, Andrés Zaldívar, para que le haga llegar todos los antecedentes sobre los contratos de asesorías, en el marco de la investigación del llamado caso «copy-paste».
De acuerdo a un reporte del diario La Tercera, esta información «se agregaría a la indagatoria por presuntos informes plagiados» con contenido de internet. Según el matutino, Guerra habría enfatizado que la información debe ser respondida en un plazo de 15 días y en caso de no poder cumplir con los tiempos, el Senado deberá informar de esta situación para obtener una ampliación de dicho plazo.
En el requerimiento, el fiscal indica que en el Ministerio Público “han actuado de conformidad a la Constitución y las leyes”, e insistió en que la normativa establece que se debe “proporcionar sin demora la información que les fuere requerida por el Ministerio Público y los Tribunales con competencia en lo penal, sin que se les esté permitido un análisis de mérito del requerimiento”.
En la víspera, algunos senadores declararon que la medida era bastante «desproporcionada» y que no accederían a la acción por “no ajustarse a la Constitución ni a la legalidad vigente”.
En ese sentido, el oficio original del Ministerio Público solicita a la Cámara Alta la copia de los contratos de asesorías, y de los informes y reportes presentados entre 2011 y el 31 de agosto de 2017. Ante esta solicitud, el Senado respondió con un oficio a la Fiscalía Nacional, pidiendo «precisar» con qué «argumentos» se piden los informes de asesorías de «toda la Corporación».
«La forma para proceder es que se nos indique, y así lo establecen las normativas constitucionales y la ley, qué hechos quiere investigar y qué requiere, qué elementos, qué informes, pero no puede pedirse al boleo todo lo que ha hecho el Senado durante seis u ocho años», dijo a la prensa Zaldívar hace dos semanas.
Según consigna Cooperativa, en este nuevo oficio, el fiscal Guerra enfatizó que «los fiscales han actuado de conformidad a la Constitución y las leyes, fundando su requerimiento conforme al párrafo 2° del Código Procesal Penal que regula las comunicaciones entre autoridades, en específico el artículo 19 que regula los requerimientos de información, su contenido y formalidades, que se realicen a las autoridades y órganos del Estado».