Entre el viernes y el lunes próximos la Corte de Apelaciones de Santiago entregaría un primer fallo respecto del Recurso de protección -con solicitud de Orden de no innovar incluida- que presentó esta semana ante Tribunales el ex candidato presidencial Tomás Hirsch, en contra del Ministerio Secretaría General de Gobierno y su representante legal, la ministra Cecilia Pérez.
De acuerdo a lo señalado por el también vocero del comando presidencial de Marcel Claude, el libelo se basa en actuaciones ilegales y arbitrarias del Ejecutivo que han causado la perturbación de los derechos y garantías constitucionales establecidas en los números dos y 12 del Artículo 19 de la Constitución Política de la República.
“Presenté un Recurso de Protección para que la Justicia corrija la falta tremendamente grave que se cometió (y comete) desde el Ejecutivo con la publicidad mentirosa que se está realizando en relación a las primarias del 30 de junio. Esta publicidad que es creada, financiada y difundida desde el Gobierno dice textualmente que si es que uno no vota en las elecciones primarias del 30 de junio ‘tu candidato no estará en la papeleta en noviembre’, lo cual es absolutamente falso”, precisó Tomás Hirsch.
El referente humanista agregó que son muchos los candidatos que no van a participar en las primarias y que si van a estar en la papeleta de noviembre, “y hay solamente unos pocos, que pertenecen al duopolio de la Alianza y la Concertación, que están participando en esas primarias. Por lo tanto, la publicidad que realiza el Gobierno está orientada a confundir a la población haciéndole creer que solo los candidatos que estarán el 30 de junio en la primaria son los que pueden llegar a la elección de noviembre. Con esto se está conculcando gravemente derechos garantizados en la Constitución”.
Hirsch aclaró que los derechos ciudadanos que el Ejecutivo está pasando por alto con la cuestionada publicidad son, en primer lugar, el derecho de igualad ante la ley, por cuanto se está haciendo publicidad para algunos candidatos en desmedro de otros. “En segundo lugar, la libertad de información, por cuanto se está induciendo a engaño. Y en tercer lugar, la Constitución prohíbe explícitamente al Gobierno hacer publicidad en favor de algún grupo en particular, puesto que ello significa inmediatamente discriminación para el resto de la sociedad”.
“Por lo mismo le he solicitado a los Tribunales que acojan el recurso y que emitan una Orden de no innovar, de tal modo de detener esta publicidad a la brevedad posible para que se corrija el error que se está cometiendo”, sentenció.
El Ciudadano