* Iniciativa plantea que con las firmas del 2% de los electores de una comuna se puedan presentar propuestas en torno a las materias que se determinen a través de Ordenanzas Municipales o Decretos Alcaldicios.
Un proyecto que modifica la Ley Orgánica Constitucional de Municipales para permitir la iniciativa ciudadana en normas comunales presentó el Diputado Francisco Chahuán, con el objetivo de incorporar crecientemente a las personas en la conducción de sus gobiernos locales y que la participación sea efectiva a través de la presentación de propuestas en la materias que se determinen.
El Diputado recordó que de acuerdo a dicha ley, cada municipalidad debe establecer en una ordenanza las modalidades de participación de la ciudadanía local, teniendo en consideración las características singulares de cada comuna.
Sin embargo, lamentó que «dicho principio, que consagra la participación popular en la marcha de los destinos de cada comuna, se ha convertido en la práctica en letra muerta, por cuanto no existen los mecanismos idóneos para que ésta se lleve efectivamente a cabo». El legislador dijo que «por lo general, los habitantes son mudos testigos de lo que resuelve el alcalde, ya sea personalmente, o con acuerdo de los respectivos concejos, sin que se considere su opinión.»
En ese sentido, sostuvo que «para avanzar en la tarea de empoderar a la ciudadanía y que su participación en la conducción comunal sea efectiva, a partir de la reunión de firmas del 2% de los electores de la respectiva comuna, debiera permitirse presentar proposiciones relativas a materias que deban ser reguladas por Ordenanzas Municipales, o Decretos Alcaldicios.»
En ese contexto, el legislador planteó la modificación del artículo 93 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, agregando un inciso tercero que establezca lo siguiente: «Sin perjuicio de lo establecido precedentemente, las normas de administración municipal, también pueden tener su origen en una moción que dirijan a la respectiva municipalidad, un número de ciudadanos que representen a lo menos, el dos por ciento de los habitantes de la respectiva comuna, de acuerdo al último censo oficial, a nivel comunal. En estas mociones, deberán expresarse por escrito las ideas fundamentales sobre las que se propone la dictación de un cuerpo normativo municipal, y el texto que al efecto se propone.»