El Gobierno francés aplicó este martes el artículo 49.3 de la Constitución para aprobar su proyecto de Reforma Laboral sin someterlo a la votación de la Asamblea Nacional, es decir, por decreto. La medida que fue tomada por el presidente de ese país, François Hollande, quien no tomó en cuenta la oposición de la mayoría social, política, sindical y la patronal.
La decisión fue anunciada por el primer ministro de Francia, Manuel Valls, quien convocó este martes a los diputados y ministros a una reunión restringida y excepcional para hacer el anuncio.
Valls dijo a los parlamentarios que este instrumento constitucional fue decidido porque el Ejecutivo está «convencido de que su reforma laboral es un buen texto para el país y por ende debe adoptarse».
La reforma quedará aprobada en la Asamblea Nacional a menos que la oposición introduzca en las siguientes 24 horas una moción de censura, que los diputados conservadores han dicho que presentarán.
De no ser así, el texto irá al Senado para una primera lectura en esa cámara y, si hay discrepancias, pasaría de nuevo a la Asamblea, donde el Ejecutivo podría usar de nuevo ese artículo constitucional que ha sido calificado por la oposición de «antidemocrático».
Reforma controvertida
Esta reforma laboral, presentada por Hollande, desató las mayores protestas sociales desde que asumió la presidencia en 2012.
En este año, específicamente desde el 9 de marzo, sindicatos de asalariados y de estudiantes organizaron varias manifestaciones nacionales, algunas de las cuales dieron lugar a enfrentamientos con la policía.
La opinión general entre los analistas, los sindicatos y los ciudadanos es que este proyecto provocará más precariedad para los trabajadores. Los críticos de la reforma acusan de nuevo al Ejecutivo de hacer continuos regalos a los empresarios.
¿Qué medidas plantea la reforma?
1- 35 horas: la supresión de facto del límite de 35 horas de trabajo semanales así como los despidos por razones económicas.
2- Despidos: Podrán producirse por razones económicas como descenso de pedidos, deterioro de cifra de negocios, cambios tecnológicos o reorganización.
3- Indemnización: la reducción de las indemnizaciones para despedir a trabajadores con más de 20 años de antigüedad y la supresión de los días de baja por fallecimiento de un ser cercano (padres, hijos y pareja), entre otras.
4- Horas extra: Es posible el pago por debajo del acuerdo salarial si la empresa y comité sindical lo aceptan. Podrán pactarse bajadas salariales. Los sindicatos minoritarios convocarán referendos en las empresas contra acuerdos de los mayoritarios.
Fuente: TeleSUR